Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 24 de Septiembre de 2021, expediente CAF 041382/2018

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

41382/2018

WERBES, DANTE ROBERTO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-GN

s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Buenos Aires, de septiembre de 2021.-RBG

VISTO:

El pedido de la actora de formación de incidente de ejecución de sentencia, en los términos del artículo 258 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, del 9 de febrero de 2021 y reiterado el 20 de abril de 2021; en virtud de la resolución dictada por este Tribunal el 20 de abril de 2021, mediante la cual se concedió el recurso extraordinario federal de la parte demandada; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que, el 20 de abril de 2021, esta S. concedió el recurso extraordinario federal interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada del 1° de diciembre de 2020, por la que se confirmó

    la sentencia de la anterior instancia y, en consecuencia, se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por el Decreto 1307/12.

  2. Que, en este contexto, sin desconocer el pronunciamiento dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación,

    en la causa “C., R.E., del 17 de junio de 2021, toda vez que esta S. ya emitió pronunciamiento con relación a la admisibilidad recurso extraordinario federal interpuesto por la parte demandada, cabe examinar el pedido de la actora relativo a la formación de incidente de ejecución de sentencia, en los términos del artículo 258 del CPCCN.

    En ese sentido, en la especie, cabe señalar que se encuentran reunidos los requisitos que determina el artículo 258 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación pues, en relación con los suplementos previstos en el Decreto N° 1307/2012, la sentencia de este Tribunal fue confirmatoria del pronunciamiento apelado, y ello fue materia del recurso extraordinario deducido por la demandada, concedido oportunamente el 20 de abril de 2021. Por ello, corresponde formar el Fecha de firma: 24/09/2021

    Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    incidente de ejecución de sentencia pretendido por la actora, con las constancias que resultan del Sistema Informático Lex 100.

    ...

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