Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 18 de Julio de 2019, expediente CNT 061069/2017

Fecha de Resolución18 de Julio de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII 61069/2017 JUZGADO Nº 12 AUTOS: "VILLALBA, J.A. c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL"

Ciudad de Buenos Aires, 18 del mes de JULIO de 2019.-

VISTO:

El recurso de fs. 104/105 y; CONSIDERANDO:

La señora Jueza “a quo”, desestimó el planteo de incompetencia (ver fs. 96/vta.).

Tal decisión es apelada por la accionada a tenor de la presentación de fs. 104/105.

Esta S. ya ha tenido ocasión de expedirse en un caso que guarda sustancial analogía con el presente, conforme Dictamen Nº 77.947 del 14 de marzo de 2018, in re “Q.D.D.Á. c/ Galeno ART S.A. s/

Accidente – Ley Especial”, Expte.Nº CNAT 20.663/2017/CA1, Sentencia Interlocutoria del 19/04/2018, en el que por los motivos allí esgrimidos, se ha propiciado declarar la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo (ver sistema LEX 100).

En primer término, no se puede dejar de advertir que el recurso ha sido mal concedido, porque se le ha dado efecto inmediato, pese a que no se trata de una de las taxativas excepciones a las que alude el artículo 110 de la Ley 18.345.

Fecha de firma: 18/07/2019 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO #30433391#239962655#20190718122208722 No obstante ello, la esencia del planteo aconseja el tratamiento de la queja, en especial si se repara en razones de economía procesal, que la causa ya está

radicada ante esta Alzada sin objeción alguna y, en definitiva, un pronunciamiento adverso a la viabilidad formal de la apelación violaría la teleología de la norma.

De la lectura del escrito inicial surge que la parte accionante inicia la presente causa con fecha el 12 de septiembre de 2017 (ver cargo de fs.

34vta.), contra SWISS MEDICAL ART S.A., tendiente a obtener el cobro de una indemnización por accidente acontecido en fecha 26/11/2014.

Destacado ello, de las constancias de autos surge que el actor cumplió con la instancia ante el Seclo, requisito previo exigido por la Ley 24.635, que da cuenta de la conclusión del trámite administrativo habido entre las partes y en el cual se consideró agotado la instancia conciliatoria previa, circunstancia por la...

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