Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Diciembre de 2016, expediente Rp 127502

PresidenteNegri-Pettigiani-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2016
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 127.502-RIL - “V., M.F. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley e inconstitucionalidad en causa N° 73.887 del Tribunal de Casación Penal, S.V..

    ///Plata, 14 de diciembre de 2016.-

    AUTOS Y VISTOS:

    La presente causa P. 127.502-RIL, caratulada: “V., M.F. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley e inconstitucionalidad en causa N° 73.887 del Tribunal de Casación Penal, S.V.,

    Y CONSIDERANDO:

    1. La Sala V del Tribunal de Casación Penal, el 12 de mayo de 2016, en lo que aquí interesa, rechazó por inadmisible el recurso de la especialidad presentado por la defensa particular de M.F.V. contra la resolución de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Martín que confirmó la denegatoria de los pedidos de prescripción de la acción penal y suspensión de juicio a prueba (fs. 6/17).

    2. El defensor particular, doctor D.A.S., interpuso directamente ante esta Corte recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley e inconstitucionalidad (fs. 18/31).

    3. La impugnación resulta manifiestamente inadmisible.

      Luego de la sanción de la ley 14.647 (B.O. 5/XII/2014), los recursos previstos en el art. 479 del C.P.P. deben interponerse ante el Tribunal que dictó la resolución que se pretende apelar y es precisamente dicho órgano jurisdiccional -y no esta Corte- el que debe llevar a cabo el primer juicio de admisibilidad (cfe. arts. 483 y 486 del Código de rito).

      Por ello, la Suprema Corte de Justicia,

      RESUELVE:

    4. Desestimar por resultar manifiestamente inadmisible el recurso extraordinario de...

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