Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 2 de Diciembre de 2014, expediente CAF 016031/2005/CA001

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV En Buenos Aires, a los 2 días del mes de diciembre de dos mil catorce, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer del recurso interpuesto en los autos “V.F. c/ PEN-Ley 25.561-

Dtos 1570/01 214/02 (Francés) y otro s/ proceso de conocimiento-

ley 25561”, contra la sentencia definitiva de primera instancia, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara R.W.V. dijo:

  1. ) Que, a fs. 376/379, la señora jueza de la anterior instancia hizo lugar parcialmente, con costas por su orden, a la demanda intentada contra el Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Economía de la Nación), Banco Central de la Nación Argentina y BBVA Banco Francés a fin de que se declarara la inconstitucionalidad de los decretos 1570/01, 214/02, 320/02 y 902/02 , las leyes 25.561 y 25.587 y sus complementarias y las resoluciones 6/02, 9/02, 18/02 y 23/02 del Ministerio de Economía 214/02 y se ordenara la entregara al actor del depósito orginalmente efectuado en el plazo fijo en dólares conforme los términos del precedente “M.”.

    Asimismo, rechazó las excepciones intentadas por el BBVA Banco Francés, el Banco Central de la República Argentina y el Estado Nacional.

    En cuanto al fondo de la cuestión, aplicó el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de la causa “M.” (Fallos: 329:5913) y, en consecuencia, reconoció el derecho del demandante a obtener el reintegro del depósito originalmente Fecha de firma: 02/12/2014 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA efectuado en el plazo fijo en dólares, convertido a pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense.

    Impuso las costas en el orden causado “…en atención a la naturaleza de la cuestión...” (fs. 379).

  2. ) Que, disconforme con esa decisión únicamente, el actor interpuso recurso de apelación a fs. 384, que fue concedido libremente a fs. 385.

    Puestos los autos en la Oficina (fs. 387), presentó

    el memorial de agravios a fs. 403/404 vta., que no fue contestado por sus contrarios (v. fs. 407).

  3. ) Que, el apelante manifiesta, en sustancial síntesis, que desde el dictado del fallo “M.” las circunstancias económicas han variado sustancialmente y en la actualidad la divisa en el mercado...

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