Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 10 de Octubre de 2013, expediente FTU 401405/2010

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2013
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

401405/2010 “V.H.A. s/ su denuncia”

JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN Nº I Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, 10 de Octubr de 2013.

AUTOS Y VISTO: Para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 65/66; y CONSIDERANDO:

Que contra la resolución de fecha 11 de junio de 2012 de fs. 60/63vta. que dispone declarar la FALTA DE MÉRITO respecto del imputado J.C.M., de las demás condiciones personales obrantes en autos, sin perjuicio de la prosecusión de la causa (art. 309 del C.P.P.N.); apela el Sr. Fiscal Federal a fs. 65/66 y se adhiere para sostener y/o mejorar fundamentos la Defensa Pública Oficial.

Que en esta instancia, en oportunidad de la audiencia fijada a los fines del art. 454 del C.P.P.N., el señor F. General ante Cámara, presenta memorial de agravios por escrito a fs. 78/80 donde solicita la revocación de la resolución apelada y el dictado de procesamiento del imputado J.C.M. como presunto autor del delito previsto y penado por el art. 296 CP.

Expresa si bien no fue verificado que la falsedad instrumental de la documentación presentada al Registro de Propiedad del Automotor Nro. 4 de Tucumán hubiera sido realizada por el imputado M.; no obstante se encontraría acreditado que entregó al gestor N.O.G. un Formulario 08 adulterado, de manera que usó al entregar el 1 401405/2010 “V.H.A. s/ su denuncia”

JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN Nº I Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN documento falso al gestor de mención con el objeto que éste hiciera la transferencia de dominio de un automotor. Que por ello habría quedado perfeccionada la figura del art. 296 CP que se produce con el simple uso doloso del documento espureo por parte del sujeto activo.

Añade que las excusas brindadas por el imputado en su indagatoria de fs. 58/59 vta. resultarían un mero justificativo para salvar su responsabilidad, dado que no se encuentran avaladas por otras probanzas que den sustento a tal descargo. Pide en definitiva la revocación de la falta de mérito y el dictado de procesamiento de J.C.M. como presunto autor del delito previsto y penado por el art. 296 CP. Cita doctrina en aval de su postura.

A su turno, la Defensa Pública Oficial, a fs. 81/83vta.

presenta escrito de mejora de fundamentos donde previo relato de los hechos que dieran origen a estas actuaciones, solicita la confirmación de la resolución de fs. 60/63vta. que dispone la falta de mérito en favor de su defendido J.C.M.. Ello por entender que no existen elementos de prueba suficientes para el dictado del procesamiento de su asistido quien en su indagatoria expresó una firma negativa de haber cometido un acto ilícito y explicitó las circunstancias en las que entregó la documentación que resultara apócrifa al gestor G. para que éste realizara la transferencia del automotor Volkswagen Senda modelo 1995 que 2 401405/2010 “V.H.A. s/ su denuncia”

JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN Nº I Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN había comprado a I.R.N. quien le ofreció hacer el trámite de transferencia previa búsqueda del Sr. Romano que le firmaría el Formulario 08.

Añade que prueba cabal que su...

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