VERA FRANCISCO Y OTROS c/ MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Número de expedienteCCF 003670/2013
Fecha03 Marzo 2021

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

Causa n° 3670/2013/CA1 –SI– “VERA FRANCISCO Y OTROS C/

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN

S/ PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA”.

Juzgado n° 6

Secretaría n° 11

Buenos Aires, de marzo de 2021.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs.

159, concedido a fs. 160, fundado a fs. 161/162, cuyo traslado no fue respondido por su contraria, contra la resolución de fs. 156/158; y CONSIDERANDO:

Los D.G.A.A. y F.A.U. dicen:

  1. - El señor J. de primera instancia desestimó el planteo de cosa juzgada introducido por la parte actora, con costas por su orden (cfr. fs.

    156/158).

    Contra dicha decisión se alza la parte actora, quien sostiene que la existencia de cosa juzgada es una cuestión de orden público y puede ser declarada de oficio en cualquier estado del proceso. Explicó que la S. II de esta Cámara, en la causa 3654/13 del 23.3.2016, decidió que la vía adecuada para que los actores obtengan el pago de sus créditos de la ley 26.700 es la ejecución del acuerdo homologado en el expediente donde se verificó la adhesión. Destacó

    también que en la causa 12.488/09 ––de los mismos actores y conexa a este proceso–– ya se homologó la adhesión a los términos de la ley 26.700 y que, por lo tanto, la causa ya se encuentra concluida.

  2. - En referencia a la defensa de “cosa juzgada, corresponde señalar que el principio que emerge del art. 347, inc. 6, del Código Procesal, indica que ésta depende de que el examen integral `de los dos litigios demuestre que se trata del mismo asunto sometido a decisión judicial´ o que, por existir contienda,

    Fecha de firma: 03/03/2021

    Alta en sistema: 06/03/2021

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    conexidad, accesoriedad o subsidiariedad, la sentencia firme ya haya resuelto lo que constituye la materia de la pretensión deducida en el nuevo juicio que se promueve (conf. esta S., causas 3666/13 del 30.5.19, 3782/13 del 5.6.18 y sus citas).

  3. - A fin de resolver tales planteos, se requirió la remisión de la causa n° 12.488/07 “A.M. y otros c/ Estado Nacional Ministerio de Defensa s/ daños y perjuicios”, que el Tribunal tiene a la vista.

    En la referida causa n° 12.488/07, iniciada el 22.11.07 (cfr. fs.

    14 del expediente citado), los actores reclamaron al Estado Nacional – Ministerio de Defensa de la Nación, la fijación de plazo y el cumplimiento del Programa de Propiedad Participada en Aceros Zapla SA, más el cobro del bono de participación en las ganancias y/o la indemnización de los daños y perjuicios causados por la frustración de los derechos a...

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