Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 26 de Octubre de 2016, expediente Rc 121012
Presidente | de Lázzari-Kogan-Pettigiani-Soria |
Fecha de Resolución | 26 de Octubre de 2016 |
Emisor | SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA |
//Plata, 26 de Octubre de 2016.
AUTOS Y VISTO:
Los señores jueces doctores de Lázzari, P., S. y K. dijeron:
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La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Morón, en lo que importa destacar, modificó la solución del juez de origen que, a su turno y en el marco de un proceso de daños y perjuicios -derivados de una mala praxis médica- iniciado por la señora B.V. contra la Municipalidad de M., hiciera lugar al reclamo impetrado al encontrar reunidos los extremos necesarios para su progreso. En tal sentido, incrementó los importes indemnizatorios otorgados (fs. 940/960 y fs. 1100/1116).
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Frente a ello, la letrada apoderada del accionado vencido interpone recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley a través del cual aduce infracción al art. 165 del Código Procesal Civil y Comercial; absurdo en la valoración de la prueba y violación de doctrina legal que cita (fs. 1127/1137 vta.).
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La impugnación no puede prosperar, en atención a la falta de sustancialidad o trascendencia del planteo que contiene (arts. 31 bis, ley 5.827, texto según ley 13.812 y 289, C.P.C.C.).
En efecto, es necesario recordar que para evitar que la vía extraordinaria sea utilizada como una mera tercera instancia, el legislador ha sancionado el instituto que luce en el referido art. 31 bis de la ley 5.827 que le permite -entre otros supuestos- que en cualquier estado de su tramitación esta Corte pueda, si considera que los recursos extraordinarios locales plantean una cuestión insustancial o carente de trascendencia, rechazarlo con la sola invocación de dicho precepto.
En elsub lite, los escasos planteos formulados por la legitimada pasiva se vinculan -exclusivamente- con la ponderación de los hechos y de la prueba producida respecto a la estimación parcial o total de...
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