Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 8 de Marzo de 2017, expediente FMZ 025002430/2011/CA001

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A 25002430/2011 VELAZQUEZ, MARIO NESTOR Y OTROS C/ E.N.A. _ MINISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO En Mendoza, a los ocho días del mes de Marzo de dos mil diecisiete, reunidos

en acuerdo los Señores Jueces de la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de

Apelaciones de Mendoza, D.. J. A. G. M., Héctor

Fabián Cortés y C., procedieron a resolver en definitiva

estos autos Nº FMZ 25002430/2011/CA1, caratulados: “VELAZQUEZ,

MARIO NESTOR Y OTROS c/ E.N.A. MINISTERIO DE DEFENSA –

EJERCITO ARGENTINO s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO

ACCION DECLARATIVA CERTEZA/INCONST.”, venidos del Juzgado

Federal de Mendoza N° 2, en virtud de los recursos de apelación interpuestos

a fs. 396 por la parte actora y a fs. 398 por la demandada contra la resolución

de fs. 393/395 y vta., cuya parte dispositiva se tiene aquí por reproducida.

El Tribunal se planteó la siguiente cuestión a resolver:

Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

De conformidad con lo establecido por los arts. 268 y 271

C.P.C y Comercial de la Nación y arts. 4 y 15 del Reglamento de esta Cámara,

se procedió a establecer por sorteo el siguiente orden de estudio y votación:

D.. P., G. y C..

Sobre la cuestión propuesta, el Sr. Juez de Cámara

Subrogante, Dr. C. dijo:

I. Que a fs. 254/269 los actores dedujeron demanda contra el

Estado Nacional solicitando la declaración de inconstitucionalidad del artículo

5 del decreto 2769/1993, en cuanto declara no remunerativos ni bonificables

los suplementos y compensaciones previstos en sus artículos 1 a 4, y

peticionando su incorporación al haber mensual. Ello así, por entender que, a

Fecha de firma: 08/03/2017 Firmado por: SALA A: DRES. G.M., CORTÉS Y PARRA-

871/2007, 1053/2008 y 751/2009, adquirieron carácter general, remunerativo

y bonificable.

A fs. 393/395 vta. el J. de grado subrogante resolvió hacer

lugar a la demanda, declarando remunerativos y bonificables los adicionales

transitorios previstos en los artículos 5 de los decretos 1104/2005, 1095/2006,

871/2007, 1053/2008 y 751/2009, y ordenando su incorporación al haber

mensual.

Contra tal sentencia se alzaron ambas partes. La demandada

solicitó el rechazo de la acción. La actora se agravió de la resolución diciendo

que otorgó algo no demandado, en tanto y en cuanto se requirió la declaración

del carácter remunerativo y bonificable de...

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