Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 21 de Abril de 2021, expediente CNT 058737/2016/CA001

Fecha de Resolución21 de Abril de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII

Expte. Nº 58737/2016

JUZGADO Nº59

AUTOS: " VELARDE, L.L.c.C.H. S.R.L Y

OTRO s/ DESPIDO"

Ciudad de Buenos Aires, 20 del mes de abril de 2021.-

VISTO:

Los recursos interpuestos por la perito contadora (fs. 185/186) y por el Dr. HERNAN EDUARDO GONÇALVES

LOFARO por derecho propio (fs.187) y;

CONSIDERANDO:

  1. El señor Juez "a quo", practicó regulación de honorarios, por la suma de $2.500.-, a favor del perito contable (fs. 165) y al Dr. GONÇALVES

LOFARO en la suma de $10.000 (fs.175).-

. Disconformes con las regulaciones mencionadas, el Dr.

GONÇALVES LOFARO (fs158/186) y la experta contable (fs. 187), apelan por considerar las mismas bajas.-

II- En atención al valor, motivo y extensión de las labores cumplidas por la perito contable, quien técnicamente no efectuó pericia (por aceptación del cargo y principio de ejecución de cometido) y pautas arancelarias, la regulación de honorarios efectuada en grado se revela razonable, por lo que deberá ser confirmada (artículo 38 de la Ley 18.345)

II-Respecto de los honorarios apelados por el Dr. GONÇALVES

LOFARO, atendiéndose a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas y pautas arancelarias de aplicación, se exhiben exiguos por lo que deberán ser elevados a la suma de $15.000, a valores actuales (artículo 38 de la Ley 18.345).-

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Fecha de firma: 21/04/2021

Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA

I Confirmar los honorarios regulados a la perito contable.

II Elevar los honorarios de la representación letrada de la parte actora a...

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