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Fecha de publicación11 Noviembre 2015

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° Dos a cargo del Dr. Iber M. J. Piovani, Secretaría Única, de la ciudad de Tres Arroyos; hace saber por cinco días que en autos caratulados “Dullo S.A. s/ Quiebra “ Expte. N° 41222 en fecha 18/09/2015 se ha decretado la quiebra de DULLO S.A., CUIT 30-70758178- 2 con domicilio en calle Berutti N° 550 de la ciudad de Tres Arroyos. Ha sido designado en el cargo de síndico el Cr. Hugo Gustavo Benedetti con domicilio constituido en calle Pellegrini N° 125. P.B. “A” de Tres Arroyos.- Se ha dispuesto que los acreedores soliciten la verificación de sus créditos ante el Síndico hasta el día 30 del mes de noviembre de 2015. Se fijó plazo hasta el día 17 de febrero de 2016 para que el Sr. Síndico presente el Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) y hasta el día 31 de marzo de 2016, para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.). Se intima al fallido y a terceros que posean bienes y/o papeles de la misma, los entreguen al Síndico en el plazo de cinco días, prohibiéndoles a los terceros efectuarle pagos bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Tres Arroyos, 20 de octubre de 2015. Mariana C.

Druetta, Secretaria.

C.C. 13.270 / nov. 6 v. nov. 12

POR 5 DÍAS - Juzgado Civil y Comercial N° 12, Secretaría Única del Departamento Judicial de Mar del Plata, hace saber en autos “APFARA S.R.L. s/Quiebra“, expediente número 32555, que el día 4 de junio de 2015 se ha decretado la quiebra de APFARA S.R.L. , inscripta en la matrícula 70986 legajo número 132555 del 27/12/2004 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, con domicilio en la calle Brown N° 2934 de esta ciudad de Mar del Plata. Los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación hasta el día 8 de febrero de 2016 ante el síndico C.P.N. Cecilia Beatriz Méndez, con domicilio en la Av. Colón 3445 2° piso Oficina A de Mar del Plata, todos los días hábiles en el horario de 8 a 16.

Intímase a la fallida ya terceros que entreguen a la síndico todos los bienes y documentación de aquélla, bajo las penas y responsabilidad de ley. Prohíbese hacer pagos a la fallida o entrega de bienes, los que serán ineficaces. El presente edicto debe publicarse por cinco días en el Boletín Oficial y en el diario La Capital, sin previo pago de aranceles y sin perjuicio de asignarse fondos cuando los hubiere (Art. 89 de la Ley 24.522). Mar del Plata, 22 de octubre de 2015. Sabrina P. Martínez, Secretaria.

C.C. 13.271 / nov. 6 v. nov. 12

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional N° 1, Departamental, Dra. María Eva Merlo, en Causa N° 206/13, (Investigación Penal Preparatoria N° 03-00-000935-11; U.F.I.yJ. N° 3, Deptal.),

caratulada: “Gutiérrez, Mónica Noemí Lesiones Leves Calificadas a Furh, Haydee en Pila”, de trámite por ante éste Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle N° 87, a fin de notificar a la imputada MÓNICA NOEMÍ GUTIÉRREZ; DNI N° 16.139.327, cuyo último domicilio conocido era en calle Venezuela N° 6049 de la localidad de Wilde, Provincia de Buenos Aires, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: “Dolores, 02 de febrero de 2015. Autos y Vistos: Y Considerando: Resuelvo: 1. Declarar la extinción de la acción penal en la presente causa N° 206/13, correspondiendo sobreseer en forma total a la imputada Mónica Noemí Gutiérrez, DNI N° 16.139.327, argentina, sin apodos, que sabe leer y escribir, de 51 años de edad, nacida el 19 de octubre de 1962 en la localidad de Avellaneda, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires, hija de José María Gutiérrez y de Haydée Fuhr, de ocupación comerciante, de estado civil divorciada, domiciliada en calle Venezuela N° 6049 de Wilde, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, por el delito de Lesiones Leves Calificadas (Art. 89 y 92 del C.P.), que fuera materia de requisitoria de elevación a juicio, sin costas (Arts. 76 ter cuarto párrafo del C.P. y Arts. 530, 323 y conc. del C.P.P.). 2. Regúlanse los honorarios del Doctor Fabián A. Urquijo, por su labor profesional desarrollada en su carácter de abogado defensor de la imputada Gutiérrez, en la suma de Pesos once mil seiscientos ($ 11.600), equivalentes a 40 JUS (Arts. 1, 9 Título III, Cap. I inc. 16-a) II, 16, 22, 51 y concs. Ley N° 8.904 y Art. 534 del C.P.P. Ley N° 11.922), sumas a las que se les adicionará el 10%, artículo 12 inciso a) Ley N° 6.716, más el Impuesto al valor Agregado, de corresponder. 3. Una vez firme la presente, practíquense las comunicaciones de ley y póngase en conocimiento de la Excma. Cámara de Apelación Departamental a los fines dispuestos en el artículo 22 de la Acordada 2840 S.C.J.B.A. Regístrese. Notifíquese al Fiscal, a la Defensa particular, al imputado y a la víctima. Asimismo, comuní- quese al Patronato de Liberados de intervención. Fdo.

Dra. María Eva Merlo, Juez en lo Correccional N° 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: “Dolores, 6 de mayo de 2015. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación de la imputada Mónica Noemí Gutiérrez, provenientes de la Comisaría de Avellaneda, Seccional Quinta Wilde, agréguese a la presente y atento a lo allí informado respecto a la ilocalización de la misma y no habiéndose podido notificarla de la resolución dictada por el Juzgado, obrante a fojas 250/251; procédase a su notificación por edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P. Notifíquese al Defensor Particular; Dr. Fabián Urquijo.” Fdo. Dra. María Eva Merlo, Juez en lo Correccional N° 1 Departamental. Dolores, 22 de octubre de 2015. María Verónica Raggio, Secretaria.

C.C. 13.260 / nov. 6 v. nov. 12

POR 5 DÍAS - En Causa N° 997 I.P.P. N° 03-00-87119- 05, seguida a PEREYRA JONATAN MAURICIO MANUEL;

que tramita por ante este Juzgado de Garantías N° 3, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era Jurisdicción del Partido de Villa Gesell, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 23 de octubre de 2015. Autos y Vistos:... Por ello, Resuelvo:... II.

Sobreseer totalmente a Pereyra Jonatan Mauricio Manuel, argentino, DNI N° 31.680.228, nacido el 20/01/1984 en San Martín, Prov. de Buenos Aires, hijo de Juan Carlos Pereyra y de Dora Beatriz Caballero, soltero, en orden al delito de Resistencia a la Autoridad (Art. 239 del C.P.), por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59 inc. 3° y 62 del Código Penal y Art. 323, inc. 1°, del Código Procesal Penal... Firmado Gastón E. Giles, Juez de Garantías N° 3 Deptal.“ Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, de octubre de 2011. Autos y Vistos:... Resuelvo:... IV. Proceder a la notificación de Jonatan Mauricio Pereyra por edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Dr. Gastón Eduardo Giles Juez de Garantías N° 3.“ Dolores, 23 de octubre de 2015. C.C. 13.261 / nov. 6 v. nov. 12

POR 5 DÍAS - En Causa N° 7774 I.P.P. N° 03-00-655- 08, seguida a ORTEGA JORGE; que tramita por ante este Juzgado de Garantías N° 3, a mi cargo, secretaría única del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era Jurisdicción del Partido de San Fernando, Prov. de Bs. As., el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 26 de octubre de 2015. Autos y Vistos.... Por ello, Resuelvo... II.

Sobreseer totalmente a Jorge Ortega, argentino, hijo de Carlos Enzo Ortega y de Mercedes Amalia Chiesa, nacido en fecha 18 de octubre de 1979, domiciliado en calle Constitución N° 2967 de Victoria Prov. de Bs. As. o de Juan Manuel Silva, hijo de Carlos y de Mercedes Chiesa, DNI N° 23.417.187; en orden al delito de Robo (Art. 164 del C.P.) por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, inc. 3° y 62 del Código Penal y Art. 323, inc.

  1. , del Código Procesal Penal... Firmado Gastón E. Giles, Juez de Garantías N° 3 Deptal.” Asimismo transcribole el auto que dispuso el presente: “Dolores, 26 de octubre de 2011. Autos y Vistos:.... Por ello, Resuelvo:... IV. Proceder a la notificación de Jorge Ortega por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. Notifíquese… Fdo. Dr. Gastón Eduardo Giles Juez de Garantías N° 3.

    Dolores, 26 de octubre de 2015.

    C.C. 13.262 / nov. 6 v. nov. 12

    POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria N° 03-02-2876-09 seguida Montalto Carlos Alberto s/ Tenencia Ilegal de arma de fuego de uso civil, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 3, a mi cargo, Secretaría única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido MONTALTO CARLOS ALBERTO cuyo último domicilio conocido era Jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 28 de septiembre de 2015. Autos y Vistos:... Resuelvo: Sobreseer totalmente al imputado Carlos Alberto Montalto, DNI N° 11.684.961, argentino, nacido el día 08 de agosto de 1955, hijo de Alberto (f) y de Cándida Marano (f), domiciliado en calle 28 N° 980, Planta Alta de la localidad de Santa Teresita, en orden al delito de Tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil por haber operado la extinción de la acción penal por prescripción a tenor de los Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. en rel. al por el 189 bis inc. 2° primer párrafo todos del C.P., y 323 inc. 1° del C.P.P...

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