Varios publicados en la fecha 05 de junio de 2015

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Pablo Nicolás Raele, Secretaría Única a mi cargo, en el Incidente de Ejecución de Suspensión de Juicio a Prueba formado con motivo de la I.P.P. Nº 06-00- 003506-12 caratulada “Zuñiga Rayen Cuyay y otros s/ Robo Agravado”, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: “El Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 (cinco) días a FRANCISCA RAYEN CUYAY ZUÑIGA RETAMALES, de nacionalidad chilena, titular de la Cédula de Identidad Chilena Nº 16.414.308/2, para que comparezca ente este Juzgado a regularizar su situación procesal en la I.P.P: Nº 06-00-003506-12”. Fdo.: Pablo Nicolás Raele, Juez de Garantías”. Manuel Guerrini, Auxiliar Letrado. La Plata, 15 de mayo de 2015.

C.C. 6.351 / jun. 1º v. jun. 5

POR 5 DÍAS - En la I.P.P. Nº 03-02-1941-07, seguida a Sumsumdegui Juan Bautista por el delito de Amenazas, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido JUAN BAUTISTA SUMSUMDEGUI, cuyo paradero actual es desconocido el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 15 de mayo de 2015. Autos y Vistos:...; Y Considerando:..., Resuelvo: I. Sobreseer totalmente al imputado Juan Bautista Sumsumdegui, por prescripción de la acción penal en orden al delito de Amenazas (Art.

149 bis del C.P.), en atención a lo dispuesto en el Art. 59 Inc. 3º del C.P y 323 Inc. 1º del C.P.P. II. Disponer el archivo de la presente I.P.P., ordenando su destrucción transcurridos cinco años contados a partir del presente resolutivo (Arg. Art. 115 c) 3º Ac. 3397/08 SCJBA). III. Notificar al imputado Juan Bautista Sumsumdegui por Edicto Judicial por no ser conocido el paradero actual del mismo, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. Notifíquese al Sr. Agente Fiscal y al Defensor Oficial en la forma de estilo y al imputado por Edicto Judicial. Firme, practí- quense las comunicaciones de ley y devuélvase la I.P.P. a la U.F.I. interviniente a sus efectos, sirviendo el presente de atenta nota de remisión. Fdo. Gastón Giles, Juez”. Dolores, 15 de mayo de 2015.

C.C. 6.457 / jun. 1º v. jun. 5

POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-104527-06, seguida Peña Peyloubet Cristian Alberto s/ Hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido PEÑA PEYLOUBET CRISTIAN ALBERTO, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de General Madariaga, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 12 de febrero de 2015. Autos y Vistos ...Resuelvo: I. Sobreseer totalmente a Cristian Alberto Peña Peyloubet; D.N.I. Nº 92.379.541, suizo, nacionalizado argentino, instruido, hijo de EIsa Galeano y Juan Antonio Peña Peyloubet, en orden al delito de Hurto (Art. 162 del C.P.) por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, Inc. 3º y. 62 del Código Penal y

Art. 323

Inc. 1º, del Código Procesal Penal... Regístrese... Fdo. Laura Inés Elías, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, 19 de mayo de 2015.

Autos y Vistos: Atento el estado de esta lPP Nº 03-00- 104527-06, no habiendo constancia en el expediente de marras del ejemplar del Boletín Oficial, donde obre la notificación de Peña Peyloubet Cristian Alberto del auto que dispuso su sobreseimiento en esta investigación, líbrese oficio solicitado al Director de ese organismo el ejemplar pertinente. Fdo. Gastón Giles, Juez. Dolores, 19 de mayo de 2015.

C.C. 6.458 / jun. 1º v. jun. 5

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24 de esta ciudad, cita a ROLANDO LAUREANO NÚÑEZ, argentino, DNI Nº 36.261.823, hijo de Rolando Núñez y de Karina Fabiana Córdoba, último domicilio conocido: Mitre Nº 564 de Rosario, Provincia de Santa Fe; por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:” San Nicolás, 10 de abril de 2015. Por recibido, e ignorándose el paradero actual del encartado y no surgiendo otro domicilio particular o laboral, notifíquesele por edictos (cfr. Art. 129 del C.P.P. por reenvío Art. 3 del Dec.

Ley 8.031/73), que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de si no compareciere ante este Juzgado en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de detención (cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P. por reenvío del Art. 3 del Código de Faltas). Notifíquese a las partes. Fdo. Dr. Rubén Edgardo Enz, Juez,” El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de tenencia simple de estupefacientes en la causa Nº 3122, de este registro, caratulada: “Núñez, Rolando Laureano - Tenencia simple de estupefacientes San Nicolás”, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nº 24 de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia, de declararlo rebelde y expedirse orden de detención (Arts. 129 y 304 del C.P.P.). San Nicolás, de abril de 2015. Gabriela V.

Rodríguez, Secretaria.

C.C. 6.526 / jun. 1º v. jun. 5

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta ciudad, cita JORGE DARÍO FERES, D.N.I. Nº 20.579.744, Argentino, nacido el día 5 de noviembre de 1968, hijo de Jorge Agustín y de Delia Isolina Cata, con último domicilio conocido en calle Einstein Nº 552 Bº Prado Español, de la localidad de San Nicolás, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 3651, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: “San Nicolás, 06 de abril de 2015. Atento a los informes obrantes a fs. 198 y 202, y desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Jorge Darío Feres, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días (cfr. Art. 129 del C.P.P.), que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de detención en causa Nº 3651 (cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.). Notifíquese.

Fdo: Sebastián L. Zubiri, Juez”. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de Abuso sexual reiterado, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nº 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo rebelde y expedirse orden de detención en causa Nº 3651 (Arts. 129 y 304 del C.P.P.). San Nicolás, 06 de abril de 2015. Gladis Verónica Biglieri, Secretaria.

C.C. 6.527 / jun. 1º v. jun. 5

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta ciudad, cita FRANCO DE LA ROSA, D.N.I. Nº 38.189.134, Argentino, nacido el día 25 de abril de 1995, hijo de y de María Teresa De La Rosa, con último domicilio conocido en calle situación de calle, de la localidad de San Nicolás, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 3724, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:

”San Nicolás, 14 de abril de 2015. Atento a los informes obrantes a fs. 68, 69 y 70, y desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Franco De La Rosa, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días (cfr. Art. 129 del C.P.P.), que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden

de detención en causa Nº 3724 (cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.). Notifíquese. Fdo: Sebastián L. Zubiri, Juez”. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de Robo, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nº 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo rebelde y expedirse orden de detención en causa Nº 3724 (Arts. 129 y 304 del C.P.P.). San Nicolás, 14 de abril de 2015.

Sebastián L. Zubiri, Juez. Emilio Luciano, Auxiliar Letrado.

C.C. 6.528 / jun. 1º v. jun. 5

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta ciudad, cita EDGARDO RUBÉN FERRAU, D.N.I. Nº 17.242.101, Argentino, nacido el día , hijo de Anastacio Ferrau y de Dora Nilda González, con último domicilio conocido en calle García Reynoso Nº 1061- B° Lares, de la localidad de San Nicolás, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 2335, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: “San Nicolás, 23 de abril de 2015. Atento a los informes obrantes a fs. 239 y 248, y desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Edgardo Rubén Ferrau, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días (cfr. Art. 129 del C.P.P.), que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de detención...

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