Varios publicados en la fecha 04 de junio de 2015

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón. en causa Nº 1925 seguida a Roberto Ezequiel Mercado por el delito de encubrimiento del registro de esta Secretaría Única, a mi cargo, cítese y emplácese al nombrado ROBERTO EZEQUIEL MERCA- DO, sin apodos, argentino, de 23 años de edad, soltero, D.N.I. Nº 35.421.136, hijo de Roberto René Mercado (v) y Elisabeth Glorios (v), nacido el 31 de mayo de 1990, albañil, con último domicilio en la calle Tierra del Fuego Nº 275, de la Localidad de Libertad. Partido de Merlo, Provincia de Buenos Aires: a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación a este Juzgado sito en la calle Carlos Brown y Colón, 4º piso, sector “K” de la Ciudad de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo (Art. 129 y 304 del C.P.P.). Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: “Morón, 22 de abril de 2015. Resuelvo: I.. II. Citar y emplazar mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia a Roberto Ezequiel Mercado por el término de cinco (5) días a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo (Arts. 129 y 304 del C.P.P.). III… Firmado: Daniel Alberto Leppén. Juez. Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria.

C.C. 6.222 / may. 29 v. jun. 4

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.

Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 11.218, caratulada: “Corrado, Cristian José s/ Inf. Art. 3º Ley 11.825”; notifíquese a CRISTIAN JOSÉ CORRADO, argentino; con último domicilio conocido en la calle Gutiérrez esquina Villaba de localidad y Partido de Moreno. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: “Merlo (Bs. As.), 16 de abril de 2014, y Vista... Y Considerando... Resuelvo:

Declarar de oficio- la extinción de esta acción contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de la parte enjuiciada, Cristian José Corrado, en el supuesto de la comisión de la Infracción prevista y reprimida en el artí- culo 3º Ley 11.825 (Código de Faltas de esta Provincia); al transcurrir el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto Ley 8.031/73 desde la iniciación de estos obrados hasta esta oportunidad. Regístrese... Fdo: Eduardo A. Diforte.

Juez. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: “Merlo (Bs. As.), 29 de abril de 2015... Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Cristian José Corrado, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 24/vta. (Art. 129 C.P.P. por aplicación del Art.

  1. del C. F. bonaerense). Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días. Fdo. Eduardo A. Diforte. Juez.”. Dado en Merlo (Bs. As.), a los 29 días del mes de abril de 2015.

Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.

C.C. 6.226 / may. 29 v. jun. 4

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 Departamental, Dra.

María Eva Merlo, en Causa Nº 206/13, (Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-000935-11; U.F.I.yJ. Nº 3, Deptal.), caratulada: “Gutiérrez, Mónica Noemí Lesiones Leves Calificadas a FURH, Haydee en Pila”, de trámite por ante este Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle Nº 87, a fin de notificar a la imputada MÓNICA NOEMÍ GUTIÉRREZ; D.N.I. Nº 16.139.327, cuyo último domicilio conocido era en calle Venezuela Nº 6049 de la localidad de Wilde, Provincia de Buenos Aires, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: “Dolores, 02 de febrero de 2.015. Autos y Vistos: Y considerando: Resuelvo: 1. Declarar la extinción de la acción penal en la presente causa Nº 206/13, correspondiendo Sobreseer en forma total a la imputada Mónica Noemí Gutiérrez, DNI Nº 16.139.327, argentina, sin apodos, que sabe leer y escribir, de 51 años de edad, nacida el 19 de octubre de 1962 en la localidad de Avellaneda, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires, hija de José María Gutiérrez y de Haydée Fuhr, de ocupación comerciante, de estado civil divorciada, domiciliada en calle Venezuela Nº 6049 de Wilde, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, por el delito de Lesiones Leves Calificadas (Art. 89 y 92 del C.P.), que fuera materia de requisitoria de elevación a juicio, sin costas (Arts. 76 ter cuarto párrafo del C.P. y Arts. 530, 323 y conc. del C.P.P.). 2. Regúlense los honorarios del Doctor Fabián A. Urquijo, por su labor profesional desarrollada en su carácter de abogado defensor de la imputada Gutiérrez, en la suma de Pesos once mil seiscientos ($ 11.600), equivalentes a 40 JUS (Arts. 1, 9 Título III, Cap. I Inc. 16-a) II, 16, 22, 51 y concs. Ley 8904 y Art. 534 del C.P.P. Ley 11.922), sumas a las que se les adicionará el 10%, artículo 12 inciso a) Ley 6716, más el Impuesto al valor Agregado, de corresponder. 3. Una vez firme la presente, practíquense las comunicaciones de ley y póngase en conocimiento de la Excma. Cámara de Apelación Departamental a los fines dispuestos en el artículo 22 de la Acordada 2840 S.C.J.B.A. Regístrese. Notifíquese al Fiscal, a la Defensa particular, al imputado y a la víctima.

Asimismo, comuníquese al Patronato de Liberados de intervención. Fdo. Dra. María Eva Merlo-Juez en lo Correccional Nº 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: “Dolores, 6 de mayo de 2015. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación de la imputada Mónica Noemí Gutiérrez, provenientes de la Comisaría de Avellaneda, Seccional Quinta Wilde, agréguese a la presente y atento a lo allí informado respecto a la localización de la misma y no habiéndose podido notificarla de la resolución dictada por el Juzgado, obrante a fojas 250/251; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P. Notifíquese al Defensor Particular; Dr. Fabián Urquijo.”- Fdo. Dra.

María Eva Merlo - Juez en lo Correccional Nº 1 Departamental. María Verónica Raggio, Secretaria.

Dolores, 6 de mayo de 2015.

C.C. 6.235 / may. 29 v. jun. 4

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 Departamental, Dra.

María Eva Merlo, en Causa Nº 834/04, (Investigación Penal Preparatoria Nº 78.845; U.F.I. Nº 5 Deptal.), caratulada: “Morales, Mario Julián Daños a Mauregui, Miguel en General Madariaga” de trámite por ante éste Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle Nº 87, a fin de notificar al imputado MARIO JULIÁN MORALES, cuyo último domicilio en la calle 125 entre 126 y 128 y/o en calle 120 entre 125 y 123, de Guernica, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: “Dolores,13 de abril de 2015. Autos y vistos y considerando: Resuelvo: 1º Declarar la extinción de la acción penal en esta causa Nº 834/04 caratulada:

Morales, Mario Julián Daños a Mauregui, Miguel en General Madariaga

, al haber operado la Prescripción de la misma, respecto del imputado de autos Mario Julián Morales, en orden a el delito de Daño (Artículo 183 del Código Penal), hecho éste, cometido el día 4 de julio de 2004 en la localidad de Gral. Belgrano, al haber transcurrido los plazos que establece el artículo 62 Inc. 2º.del Código Penal. 2º. Sobreseer en forma total al imputado Mario Julián Morales, argentino, D.N.I. Nº 25.901.671, instruido, de estado civil soltero, nacido el 25 de marzo de 1977 en la localidad de San Vicente, Provincia de Buenos Aires, hijo de Mario Manuel Morales y de Petrona Mendoza, de ocupación albañil, domiciliado en calle 125 entre 126 y 128 y/o calle 120 entre 125 y 123 de la localidad de Guernica, Provincia de Buenos Aires, en la presente causa Nº 834/04, que se le sigue a éste por el delito de Daño previsto y penado por el artículo 183 del Código Penal, hecho que se habría cometido en la localidad de Gral. Belgrano, el día 4 de julio de 2004, sin costas (Arts. 2, 55, 59 Inc. 3º, 62 inciso 2º, 183 del Código Penal y Arts. 322, 323 Inc. 1º, 341, 324, 530 y eones.

C.P.P.).Regístrese. Notifíquese. Oportunamente, practí- quense las comunicaciones de Ley y comuníquese la Excma.

Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental, a sus efectos. Fdo. Dra. María Eva Merlo - Juez en lo Correccional Nº 1 Departamental. Ante mí Dra.

María Verónica Raggio, Abogada - Secretaria - Juzgado en lo Correccional Nº 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: “Dolores, 08 de mayo de 2.015. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación provenientes de la Comisaría de Guernica y atento a lo allí informado, no

habiéndose podido notificar al imputado Mario Julián Morales de la resolución dictada por el Juzgado con fecha 13 de abril del cte. año, obrante a fojas 212/214 y vta.; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P.

Notifíquese al Fiscal de Juicio y al Defensor Oficial. Fdo.

Dra. María E. Merlo Juez en lo Correccional Nº 1 Deptal.

María Verónica Raggio, Secretaria. Dolores, 8 de mayo de 2015.

C.C. 6.236 / may. 29 v. jun. 4

POR 5 DÍAS - La Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Garibaldi 9 de la ciudad mencionada, notifica a ESTEBAN TOMÁS TABORDA, soltero, argentino, nacido el 01 de...

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