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Fecha de publicación01 Junio 2015
Número de Gaceta27546

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - En el marco de la I.P.P. N° 03-00- 003105-12, seguida a CRISTIAN SANTOS por el delito de Abuso Sexual, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra.

Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era Sección Quintas calle Centenario de la localidad de Maipú, la resolución que dictara la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Prov. de Bs. As., con fecha 7 de abril de 2015, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:”... Resolución: rechazar, sin costas, el recurso de queja deducido. Rigen los artículos 8.2 h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 18 y 75 inc. 22 de la C.N.) 148, 169, 171, 433, 450, 465, 530 y 531 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese... Fdo.: Benjamín Ramón Sal LLargues, Juez de Casación Penal de la Prov. de Bs. As. Daniel Carral, Juez del Tribunal de Casación Penal de la Prov. de Bs. As. Ante mí María Valeria Volponi, Secretaria”. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, de mayo de 2015. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Cristian Santos en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado de la resolución del Tribunal de Casación Penal Dptal., ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dra.

Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1”. Dolores, 11 de mayo de 2015. C.C. 6.066 / may. 26 v. jun. 1°

POR 5 DÍAS - En la Causa N° N17.593 I.P.P. N° 03-00- 003898-08 seguida a MAURO ISMAEL PERALTA GUIMIL por el delito de Peralta Guimil, Mauro Ismael s/ Lesiones leves, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 74 e/ 12 y 13 de La Plata, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 03 de febrero de 2015, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:

Autos y Vistos:... Resuelvo: Sobreseer totalmente a Mauro Ismael Peralta, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones leves (Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. 2° y 89 del Código Penal y 323, inc. 1° del C.P.P.). 2°) Regístrese. Notifíquese al Fiscal, y Defensa Fecho, realí- cense las comunicaciones de Ley. Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, 11 de mayo de 2015.

Atento lo que surge de la notificación de Peralta Mauro Ismael en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs.

As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1”. Dolores, 11 de mayo de 2015.

C.C. 6.067 / may. 26 v. jun. 1°

POR 5 DÍAS - En la Causa N° 18.277 (I.P.P. N° 03-02- 001088-10) seguida a PABLO ARIEL PICCOLO por el delito de Lesiones leves, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única interinamente a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Eva Perón 1644 15 B de Capital Federal, la resolución que dictara este Juzgado con fecha de mayo de 2015, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos:... Resuelvo 1°) Sobreseer totalmente a Pablo Ariel Piccolo, y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones Leves. (Arts. 59, inc. 3°; 62 inc. 2° y 89 del Código Penal y 323, inc. 1° del C.P.P.). ... Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1.

Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:

Dolores, 11 de mayo de 2015. 2°) Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1

. Dolores, 11 de mayo de 2015.

C.C. 6.068 / may. 26 v. jun. 1°

POR 5 DÍAS - En la Causa N° (I.P.P. N° 03-02-000038- 07) seguida a PAULO LIONEL MONTENEGRO por el delito Montenegro, Paulo Lionel s/ Robo agravado (circunstancias del hurto agravado) - Robo agravado (comisión con efracción), de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra.

Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Río Nihuil N° 732 de Recreo Venecia, la resolución que dictara este Juzgado con fecha de julio de 2011, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos:... Resuelvo: 1°) Sobreseer totalmente a Paulo Leonel Montenegro, argentino, DNI N° 32.218.564, Soltero/a, de 29 años de edad, jornalero-barman, nacido el 25 de abril de 1986 en Rosario, Prov. Santa Fe, hijo de Héctor Sebastián y de Luisa Reina Maidana, domiciliado en calle Río Nihuil N° 732 de Río Cuarto, Prov.

de Córdoba. Y Declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Robo Calificado por Escalamiento y Efracción en Grado de Tentativa (Arts. 59, inc. 3°; 62 inc. 2° y 167 inc. 3° y 4° (este último en relación al Art. 163 inc. 4°) y 42 del Código Penal y 323, inc. 1° del C.P.P.).- Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, mayo de 2015. Autos y Vistos: 2°) Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1”. Dolores, 11 de mayo de 2015.

C.C. 6.069 / may. 26 v. jun. 1°

POR 5 DÍAS - En la Causa N° 12.583. (I.P.P. N° 03-00- 032581-01) seguida a JOSÉ LUIS JUÁREZ por el delito de Juárez, José Luis s/ Amenazas - Art.149 bis, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 38 N° 1168 de Santa Teresita, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 26 de junio de 2003, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: ... Resuelvo: Sobreseer totalmente a Juárez, José Luis y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Amenazas (Arts.

59, inc. 3°; 62 inc. 2° y 149 bis del Código Penal y 323, inc.

  1. del C.P.P.). Regístrese y notifíquese a quienes corresponda. Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1.

Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:

Dolores, 11 de mayo de 2015. Atento lo que surge de la notificación de Juárez José Luis en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo. Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1

. Dolores, 8 de mayo de 2015. C.C. 6.070 / may. 26 v. jun. 1°

POR 5 DÍAS - El Señor Juez Dr. Roberto Daniel Vila, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial Mercedes, cita y emplaza a DIEGO ADRIÁN WACKEROHAUSER D.N.I Nº 21.838.295 para que dentro del término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho con respecto a la causa Nº 10/14-4629 seguida al nombrado por el delito de Estafas Reiteradas, conforme surge de la resolución que se transcribe:

Mercedes, 30 de abril de 2015. Autos y Vistos: Atento lo informado precedentemente por la autoridad policial a fs.

268, y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código Procesal Penal cítese por edictos durante cinco (5) días al encausado Diego Adrián Wackerohauser bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Notifíquese y publíquese

. Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila, Juez en lo Correccional.

María Griselda Gómez, Secretaria. Secretaría, 30 de abril de 2015.

C.C. 6.015 / may. 26 v. jun. 1º

POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 469/15-5205, caratulada: “Aranda, Felipe Santiago s/ Amenazas Simples Reiteradas dos hechos- Amenazas Agravadas por el uso de armas y Daño en Concurso Real entre sí en la localidad de Luján (B)”, notifica al encartado FELIPE SANTIAGO ARANDA, de la siguiente resolución: “Mercedes, 05 de mayo de 2015. Por recibido, agréguese, téngase presente lo informado por la Comisaría de Luján I, a fs. 85 y atento a ello, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 129 y 303 del C.P.P., notifíquese al imputado Aranda por edictos, intimándoselo a presentarse ante este Juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, sea declarado rebelde. Fdo. María Laura Pardini, Juez. Mercedes, 05 de mayo de 2015. C.C. 6.016 / may. 26 v. jun. 1º

POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 250/15-5173, caratulada: “Araujo, Manuel Alejandro s/ Tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización, en la localidad de Moreno (B)” (I.P.P. 09-02-016805-13), notifica al nombrado MANUEL ALEJANDRO ARAUJO, de la siguiente resolución: “Treinta de abril del año dos mil quince, siendo las diez horas,... Visto lo peticionado por las partes, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129, 303, s.s. y c.c.

del C.P.P.; Resuelvo: I. En virtud de lo informado y de...

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