Varios publicados en la fecha 19 de junio de 2014

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N° 2 del D.

Jud. de Junín - Bs. As. a cargo del Dr. Rodolfo Sheehan, Sec. a cargo Dra. Carolina Clavera hace saber por cinco días que el 27 de febrero de 2014 se ha decretado la quiebra del sucesorio del Sr. PALIOF NOSAL DIEGO JAVIER, DNI N° 22.236.100, con domicilio en calle Brasil N° 11 de la ciudad y Pdo. de Junín; CUIT N° 20-22236100-2;

Síndico: Cr. Mauro Alfredo Yacobs, Cabrera N° 40 de Junín, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 09 a 12 Hs. y de 17 a 20 Hs., ante quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación hasta el día 08 de agosto de 2014; el plazo para efectuar observaciones e impugnaciones vence el 25 de agosto de 2014, las que deberán presentarse ante la Sindicatura de autos.

Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico todos los bienes y documentación de aquél, bajo las penas y responsabilidades de ley. Intimar a la deudora para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas toda la documentación relacionada con su contabilidad que no hubiere sido ya puesta a disposición del Juzgado. Autos: “Palioff Nosal Diego Jaber S/ Sucesión s/ Quiebra (Pequeña) - Expte: N° 6998”. Junín, 29 de mayo de 2014. Carolina J. Clavera, Secretaria.

C.C. 6.124 / jun. 13 v. jun. 19

POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 P.B de San Isidro, cita y emplaza a SEBASTIÁN ALBERTO LESCANO, Titular del Documento Nacional de Identidad Nº 35.606.415, argentino, nacido el 31 de julio de 1990 en San Isidro, ser hijo de Eva María Lescano y con últimos domicilios conocidos en la calle Baltazar Gracian 1275 de Bancalari, Carlos Pelegrini 835 entre Ituzaingó y Gallardo de Bancalari y Estrada 348 de la localidad de Don Torcuato, por el plazo de cinco (5) días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado con el fin de ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararla rebelde y ordenar su comparendo (artículo 303 y sstes. del Código Procesal Penal). Como recaudo legal se transcribe el Decreto que ordena el presente: “San Isidro, 4 de junio de 2014. Atento lo informado por la Comisaría de Don Torcuato, no habiendo sido posible dar con el paradero del encausado de autos, remítase la presente causa a la Defensoría Oficial interviniente por el plazo improrrogable de 48 horas, a fin de que se procure la comparecencia de su asistido, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su comparendo (artículo 303 y sstes. del Código Procesal Penal). Sin perjuicio de la remisión dispuesta en el párrafo que precede, en virtud a la naturaleza de este proceso, intímese al encausado por edictos a que dentro del quinto día de publicados comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo el mismo apercibimiento ordenado en el párrafo precedente (artículo 129 del Código Procesal Penal).” Fdo.: Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: María Alejandrina Borella, Secretaria.

C.C. 6.118 / jun. 13 v. jun. 19

POR 5 DÍAS - El Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial de Zárate-Campana, Secretaría Única a cargo del Dr. Francisco Javier Morell Otamendi, con asiento en Andrés del Pino Nº 817 de la localidad de Campana, Pcia. de Buenos Aires, en causa N° 938 caratulada “Navarro, José Omar s/ Robo Calificado - T.I.A.G.

Resist. Autoridad agravada (Vázquez, Rubén)”, notifica por el presente a JOSÉ OMAR NAVARRO, del fallo dictado por la Sala I del Excmo. Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires, el cual se transcribe en su parte pertinente: “En la ciudad de La Plata a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil trece... Antecedentes... Cuestiones... Sentencia. Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal resuelve: I.- Decretar el sobreseimiento de José Ornar Navarro por prescripción de la acción penal respecto del delito de resistencia a la autoridad agravada. II. Declarar admisible el recurso de Casación a favor de José Ornar Navarro, contra la sentencia en causa 938 (37) del Tribunal en lo Criminal 1 del Departamento Judicial de Zárate-Campana. III.- Casar parcialmente en el rubro autoría declarándolo partícipe necesario a tenor del Art. 45 del C.P; introducir una atenuante y excluir del acto sentencial la declaración de reincidencia dejándola sin efecto. IV. Fijar la pena para José Ornar Navarro en seis (6) años y ocho (8) meses de prisión, sin costas en esta instancia Arts. 14 del P.I.D.C. y P.; 8 Inc.

2 h) de la C.A.D.H.; 2, 62 Inc. 2, 67 Inc. e) y 40, 41, 45, 166 Inc. 2 y 167 Inc. 2 del C.P y 448, 449, 450, 451, 454, 457, 458, 461, 530 y 531 del C.P.P. V. Tener presente la reserva del caso federal incoada por la Dra. Dib. Art. 14 de la Ley 48. V. Regístrese. Notifíquese. Remítase copia certificada de lo aquí resuelto al Tribunal Criminal N° 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana. Oportunamente remítase. Fdo.: Horacio, Daniel Piombo, Benjamín Rampón Sal Llargues y Carlos Ángel Natiello, Jueces.

Ante mí; Carlos Marucci, Secretario. Campana, 28 de mayo de 2014. Francisco Javier Morell Otamendi, Secretario.

C.C. 6.128 / jun. 13 v. jun. 19

POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 20234 (I.P.P. Nº 03-02- 004806-11) seguida a REYNALDO GONZÁLEZ ROMERO por el delito Lesiones Graves , de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Andrade entre Gabotto y El Cano de San Bernardo, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 6 de mayo de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: ...Sobreseer totalmente a Reynaldo González Romero y declarar la extinción de la acción penal, en relación al delito de lesiones graves en San Bernardo. (Arts. 162, 76 ter cuarto párrafo del Código Penal y 323, Inc. 1º del C.P.P.)… Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, de mayo del 2014. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Reynaldo González Romero en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que es desconocido en el lugar procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo: Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1.“ Dolores, 30 de mayo de 2014. C.C. 6.131 / jun. 13 v. jun. 19

POR 5 DÍAS - El Dr. Fernando A. Ayestarán, Juez Titular deI Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial de Pergamino (B.A.), en el marco de la I.P.P. Nº 12-00-005358-12, caratulada “Roldán, Maximiliano Alberto s/ Lesiones Leves - Daño - Vtma. Dte.: Trotta, Andrés Alejandro” de trámite por ante la U.F.I. Nº 8 Deptal., ha dictado la siguiente resolución: “Pergamino, a los 25 días del mes de abril del año 2014. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial durante cinco días, a fin de notificar a MAXIMILIANO ALBERTO ROLDÁN, de nacionalidad argentino, de 25 años de edad, de estado civil casado, ocupación albañil, último domicilio conocido en calle Tambor de Tacuarí Nº 1950 de Pergamino (Bs. As.), nacido el día 10 de Abril de 1988, en la ciudad de Pergamino, D.N.I. Nº 33.569.705, hijo de Hugo Alberto Roldán (f) y de Norma Elvira Dome (f), que deberá concurrir a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 8 del Departamento Judicial Pergamino, a cargo del Dr.

Pablo H. Santamarina, -calle Merced Nº 865 de Pergamino (B.A.)- dentro del término de 15 (quince) días desde la última publicación del edicto, para estar a derecho bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde y ordenada su detención (Art. 129, 303 y ccs. del CPP.). 2) Líbrese los correspondientes edictos. Cumplido, vuelvan las actuaciones a la U.F.I.y J. Nº 8 Dptal. Fdo. Dr. Fernando A. Ayestarán. Juez Titular del Juzgado de Garantías Nº 3 Dptal.”. C.C. 6.132 / jun. 13 v. jun. 19

POR 5 DÍAS - En causa Nº 848/04 de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial Dolores a cargo de la Dra. María Cristina Tramontini, Secretaría Única, a mi cargo, seguida a FARINA, DIEGO VÍCTOR por Estafas Reiteradas en Chascomús, a los efectos de que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Malarredo 398 de Villa Tesei, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, junio 3 de 2014. Autos y Vistos.. Resuelvo: 1. Declarar extinguida la acción penal por prescripción en la causa Nº 848/04, Sobreseyendo totalmente a Farina Diego Víctor cuyos demás datos personales obran en autos,.. Notifíquese” María Cristina Tramontini Juez. Ante mí. Florencia Doumic- Secretaria. Dolores, Juzgado Correccional Nº 2, junio 3 de 2014.

C.C. 6.133 / jun. 13 v. jun. 19

POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 2, a cargo de la Dra. Gloria Aboud, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela V. Fernández, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Pinto 1251 de Pergamino, en los autos “Carrizo Evangelina Ramona s/ Lesiones Leves - Pergamino (Víctima: Juárez Bernardi Laura Mariela)”, Expte. Nº 138/2014, notifica por este medio a EVANGELI- NA RAMONA CARRIZO, DNI 10.329.602, la resolución que dice: “Pergamino, 28 de abril de 2014. Atento a lo informado, notifíquese por edictos a la imputada Evangelina Ramona Carrizo, para que dentro del plazo de cinco días se presente en la sede de este juzgado a constituir nuevo domicilio, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. (Arts. 303 y ccs. del C.P.P.). Notifíquese Fdo.

Dra...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR