Varios publicados en la fecha 06 de marzo de 2013

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaría Única del Departamento Judicial de Mar del Plata, hace saber que en autos "Diaco Julio Herminio y Álvarez María Isabel s/ Quiebra", Expte. Nº 85371, se resolvió con fecha 04/06/02 decretar la quiebra indirecta de DIACO JULIO HERMINIO (DNI 14.795.816) y ALVAREZ MARÍA ISABEL (DNI 17.180.435) domiciliados en la calle Alvear N° 365 de la ciudad de Mar del Plata. Se intima a los fallidos y terceros que tengan en su poder bienes de éstos, a que hagan entrega al Síndico de los mismos. Se prohíbe hacer pagos a los fallidos, bajo apercibimiento de tenerlos por no efectuados. Se fija hasta el día 08/4/13 para que los acreedores verifiquen sus créditos ante el síndico CPN Miguel Romano, domiciliado en la Av. Colón Nº 2727 de Mar del Plata. Mar del Plata, 08 de Febrero e 2013. Feliz A. Ferrán, Secretario.

C.C. 1.587 / feb. 28 v. mar. 6

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaría Única del Departamento Judicial de Mar del Plata, hace saber que en autos "Peralta Guillermo Aldo s/ quiebra (Pequeña) ", Expte. Nº 121536, se resolvió con fecha 19/12/12 decretar la quiebra indirecta de GUILLER- MO ALDO PERALTA (DNI 7.803.183) domiciliado en la calle Necochea Nº 6155 de la ciudad de Mar del Plata. Se intima al fallido y terceros que tengan en su poder bienes de éste, a que hagan entrega al Síndico de los mismos. Se prohíbe hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de tenerlos por no efectuados. Se fija hasta el día 25/03/13 para que los acreedores verifiquen sus créditos ante el síndico, C.P.N. Sergio Rolando Juric, en el domicilio de la calle Diag. Pueyrredón Nº 2965 10 Piso Dept. 49, Mar del Plata, de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 y de 15:00 a 19:00 hs. Mar del Plata, 07 de Febrero de 2013. Félix A.

Ferrán, Secretario.

C.C. 1.590 / feb. 28 v. mar. 6

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 14 de La Plata, hace saber que el 18 de diciembre de 2012 se ha decretado la quiebra de Rosana Edith Díaz DNI Nº 16.530.593, con domicilio real en calle 69 número 1271 entre 20 y 21 de La Plata, Provincia de Buenos Aires, habiéndose ordenado al fallido y terceros entregar al Síndico los bienes de aquélla y prohibir a los terceros efectuar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se ha fijado el día 8 de marzo del corriente año la fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las solicitudes de verificación de sus créditos ante el Síndico Cdor. Gustavo Ricci al domicilio de calle 49 Nº 784 de La Plata, lunes a viernes de 15 a 18 hs. Informe Individual: 3/05/13. Informe Genera: 14/5/13. La Plata, de febrero de 2013. Luciana Tedesco del Rivero, Secretaria.

C.C. 1.628 / feb. 28 v. mar. 6

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.

Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 8.083, caratulada: "García, Juan Alberto S/ Inf. art. 85 Decreto Ley 8031/73"; notifíquese a JUAN ALBERTO GARCÍA, argentino; con último domicilio conocido en la calle Charrua Nº 2.793 de la Localidad de Isidro Casanova. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo (Bs. As.), 08 de mayo de 2012. Vista y Considerando. Resuelvo: Que la Causa Nº 8.083, caratulada "García, Juan Alberto s/lnf.

art. 85

Dec. Ley 8031/73", en trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo; conformada en cabeza de Juan Alberto García (del que se aportan sus otros datos personales); al imputársele "prima facie" la supuesta comisión de la Infracción prevista en el artículo 85 del Decreto Ley 8031/73, por lo prevenido el día dieciocho del mes de Octubre del año Dos Mil Siete en este Distrito; emerge que ha transcurrido el plazo de un año desde la prevención hasta la fecha; no habiéndose interrumpido la prescripción de la acción por extremo hábil (ver fs. 30); por lo que corresponde declarar de oficio- la extinción de esta acción contravencional de índole penal, por prescripción, en favor del encausado (artículos 32, 33 y 34 del Decreto Ley 8031/73). Respecto de los efectos secuestrados estése al artículo 13 apartado 4º del Decreto Ley 8031/73. Regístrese... Fdo: Eduardo A. Diforte. Juez.

Ante mí: Dra. Elena C. Boubeta -Auxiliar Letrada. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: "Merlo (Bs. As.) de febrero de 2013. Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Juan Alberto García, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo de la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 32/ vta.

(art. 129 C.P.P. por aplicación del art. 3º del C. F.

Bonaerense). Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días. Fdo. Eduardo a. Diforte. Juez". Dado en Merlo (Bs. As.), a los días 14 del mes de febrero de 2013. Dr.

Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.

C.C. 1.591/ feb. 28 v. mar. 6

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.

Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 9.121, caratulada: "Riveros, Roberto Arnaldo y Pérez, Cristian S/Inf. art.

85 Decreto Ley 8031/73"; notifíquese a CARLOS HORA- CIO ROJAS; con último domicilio conocido en la calle Charcas Nº 5.827 de la Localidad de José C. Paz y Cristian Sebastián Pérez con último domicilio conocido en la calle Juan Madera 807 Km 30 de la Localidad de Malvinas Argentinas. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: "Merlo (Bs. As.), 26 de mayo de 2009. Y vista... Resulta...Y considerando... Fallo: 1) Declarando; de Oficio, la nulidad del Acta de Constatación policial fundante de la causa, anejada a fs. 3. Nulidad, de igual índole, que debe extenderse a todas las pruebas colectadas consecutivamente a ella, de índole cargosa para con Roberto Arnaldo Riveros y con Cristian Sebastián Pérez, como actos concatenados en forma consecutiva con ésta (arg. artículo 207 del C.P.P.), al no aparecer en esa Pieza volcada -debidamente- por los Funcionarios actuantes la naturaleza y circunstancia de la Falta hipotéticamente prevenida, a fin de encuadrar ello dentro de los presupuestos previstos para la punición del

artículo apuntado en su presunto obrar. Rigen artículos 3º, 85 a "contrario sensu" y 122 apartado 1) inciso b) del Decreto Ley 8031/73, y 201, 203 segundo párrafo, 206 a "contrario sensu", 207 y ccdtes. del (C.P.P.. 2) Absolviendo a Roberto Arnaldo Riveros y a Cristian Sebastián Pérez (con mayores datos personales en la causa), libremente y sin costas, de las presuntas coautorías de la infraccióntipificada y penada en el artículo 85 del Decreto Ley 8031/73 (Código de Faltas de esta Provincia); concorde lo prevenido, el día doce del mes de Enero del año dos mil nueve, en este Partido de Merlo de la Provincia de Buenos Aires. Respecto de los efectos secuestrados en autos estése a las previsiones del artículo 13, apartado 4º, y ccdtes. del Decreto Ley 8031/73. 3) Regístrese...Fdo: Eduardo A. Diforte. Juez. Ante mí: Dr.

Sergio E. Alessandrello. Auxiliar Letrado. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: "Merlo (Bs. As.) de febrero de 2013. Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar a los coencausados Roberto Arnaldo Riveros y Cristian Sebastian Pérez, es oportuno disponer que se notifique por edictos, a los mismos la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 54/56 (art. 129 C.P.P. por aplicación del art. 3º del C. F. Bonaerense). Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días. Fdo. Eduardo A. Diforte.

Juez". Dado en Merlo (Bs. As.), a los 14 días del mes de febrero de 2013. Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.

C.C. 1.592 / feb. 28 v. mar. 6

POR 5 DÍAS - En relación a la Carpeta de Causa Nº 02348-12, autos caratulados "Almeida, Jorge Emanuel;

Calleja, Emanuel Enrique; García, Maicol Alexis; Mendieta, Alan Ezequiel; Medieta, Rodrigo Emiliano y Suárez, Braian Gabriel s/Violación de domicilio" de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Dptal. a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaría única a cargo de la Dra. Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini Nº 19 de esta localidad, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar, al menor ZEBALLOS BRAIAN GABRIEL DNI 38.692.870 cuyo último domicilio conocido es en calle Mitre 2010 de la localidad de Dolores. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución de fecha 18 de Enero de 2013, a notificar: Resuelvo: 1º) Declarar al menor Brian Gabriel Zeballos, nacido el 31 de enero de 1993, Argentino, con DNI Nº 38.692.870, hijo de Jorge Osmar Zeballos y Alcira Alejandra Romero, con domicilio en Calle Mitre 2010 de la localidad de Dolores, no punible por hecho, Sobreseyéndolo definitivamente en virtud del delito de: Violación de Domicilio en la presente causa Nº 2348-12, Caratulada "Almeida, Jorge Emanuel; Calleja, Emanuel Enrique; García, Maicol Alexis; Mendieta, Alan

Ezequiel; Medieta, Rodrigo Emiliano y Suárez, Braian Gabriel s/Violación de domicilio", de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal. 2º) Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3º) Encontrándose el menor bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar el menor antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del juzgado en el marco de la...

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