Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 2 de Junio de 2022, expediente CNT 091975/2016/CA001

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE NRO.: 91975/2016

AUTOS: VARGAS DE ALMEIDA, A.J. c/ BASTEIRO, ELEONORA

FABIANA s/DESPIDO

En la Ciudad de Buenos Aires, luego de deliberar, a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, en la fecha de firma indicada al pie de la presente el Tribunal procede a expedirse de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

El 29/3/22 se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora en la cantidad de 2 UMA por las tareas desplegadas en el incidente de levantamiento de embargo sin tercería.

La citada representación cuestionó los emolumentos regulados a su favor, por estimarlos exiguos.

El incidentista vencido apeló los estipendios regulados, por considerarlos elevados.

Atento a la calidad, mérito y extensión de las labores profesionales realizadas y el resultado de la incidencia, de conformidad con las pautas que emergen de los arts. 16, 21, y cctes de la ley 27423, los emolumentos cuestionados lucen adecuados, por lo que corresponde confirmarlos.

Por lo que el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios de la representación letrada de la parte actora regulados en la instancia anterior.

Regístrese, notifíquese y devuélvase A.E.G.V.J.A.S.J. de Cámara Juez de Cámara D.A.L.

Fecha de firma: 02/06/2022

Firmado por: A.E.G.V...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR