Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 29 de Marzo de 2022, expediente CCF 014531/2019/CA001

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 14531/2019/CA1 “V.,M.S. c/ Hospital Alemán Asociación Civil s/ sumarísimo de salud”. Juzgado 5, Secretaría 9.

Buenos Aires, 29 marzo de 2022.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte actora el 20 de octubre de 2021, contra la resolución del 15 de octubre de 2021, cuyo traslado fue contestado por la demandada el 9 de diciembre de 2021; y CONSIDERANDO:

  1. En el pronunciamiento impugnado el magistrado a quo admitió

    la caducidad de instancia opuesta por la parte demandada e impuso las costas a la actora vencida (ver resolución del 15/10/2021 citada).

    Para así resolver, tuvo en cuenta la inactividad procesal de la demandante desde el 4 de diciembre de 2019 (fs. 41) hasta el 9 de junio de 2021 (fs. 91/92), fecha del acuse de caducidad.

  2. La actora pretende la revocación de esta decisión. Aduce que hubo interés de su parte en el impulso del proceso. Señaló cada uno de los actos que realizó a los fines de darle continuidad a la causa y solicitó que se revoque la resolución.

  3. L., precísase que, como principio, la carga de impulsar el trámite del expediente, de activarlo o, en su caso, de hacer que progrese hacia la sentencia, corresponde a la parte que promovió el proceso,

    el incidente o dedujo el recurso (arg. art. 315, CPCCN; G., O.A.,

    Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, comentado y anotado,

    Buenos Aires, 2002, T. II, pág. 144; cfr. ; esta Sala III, 15/09/2020, in re: “S.,

    V.J. c/ OSDE s/ amparo de salud”; idem causa 11259/2007, del 29/9/2020;

    CNCom., Sala D, 15/06/2017, in re: “Banco de Valores S.A c/ G.B., M.C. s/ ejecutivo”, LL AR/JUR/37039/2017).

    Toda petición de un proceso, trámite o procedimiento dirigido a un juez para que satisfaga un interés legítimo de quien acciona, es en general Fecha de firma: 29/03/2022

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    instancia y a partir de ello comienza para el interesado la carga -respnsabilidad- de impulsar el procedimiento (cfr. esta CNCivComFed., Sala III, causa n° 4400/2016, del 15/09/2020; ídem CNCom, Sala D, 23/03/2009,

    in re: “Orciuoli, A. c. Zurich International Life Limited —sucursal argentina— s/ beneficio de litigar sin gastos”; íd., CNCom. Sala A,

    04/05/2006, in re: “Oro, C.E. c. Sancor Cooperativa de Seguros Ltda. s/ beneficio de litigar sin gastos”; íd., 30/05/2006, in re: “D.B., M.c.G.G.S. y otro s/ beneficio...

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