Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 29 de Marzo de 2022, expediente CCF 014531/2019/CA001
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2022 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III
Causa n° 14531/2019/CA1 “V.,M.S. c/ Hospital Alemán Asociación Civil s/ sumarísimo de salud”. Juzgado 5, Secretaría 9.
Buenos Aires, 29 marzo de 2022.
VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte actora el 20 de octubre de 2021, contra la resolución del 15 de octubre de 2021, cuyo traslado fue contestado por la demandada el 9 de diciembre de 2021; y CONSIDERANDO:
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En el pronunciamiento impugnado el magistrado a quo admitió
la caducidad de instancia opuesta por la parte demandada e impuso las costas a la actora vencida (ver resolución del 15/10/2021 citada).
Para así resolver, tuvo en cuenta la inactividad procesal de la demandante desde el 4 de diciembre de 2019 (fs. 41) hasta el 9 de junio de 2021 (fs. 91/92), fecha del acuse de caducidad.
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La actora pretende la revocación de esta decisión. Aduce que hubo interés de su parte en el impulso del proceso. Señaló cada uno de los actos que realizó a los fines de darle continuidad a la causa y solicitó que se revoque la resolución.
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L., precísase que, como principio, la carga de impulsar el trámite del expediente, de activarlo o, en su caso, de hacer que progrese hacia la sentencia, corresponde a la parte que promovió el proceso,
el incidente o dedujo el recurso (arg. art. 315, CPCCN; G., O.A.,
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, comentado y anotado,
Buenos Aires, 2002, T. II, pág. 144; cfr. ; esta Sala III, 15/09/2020, in re: “S.,
V.J. c/ OSDE s/ amparo de salud”; idem causa 11259/2007, del 29/9/2020;
CNCom., Sala D, 15/06/2017, in re: “Banco de Valores S.A c/ G.B., M.C. s/ ejecutivo”, LL AR/JUR/37039/2017).
Toda petición de un proceso, trámite o procedimiento dirigido a un juez para que satisfaga un interés legítimo de quien acciona, es en general Fecha de firma: 29/03/2022
Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA
instancia y a partir de ello comienza para el interesado la carga -respnsabilidad- de impulsar el procedimiento (cfr. esta CNCivComFed., Sala III, causa n° 4400/2016, del 15/09/2020; ídem CNCom, Sala D, 23/03/2009,
in re: “Orciuoli, A. c. Zurich International Life Limited —sucursal argentina— s/ beneficio de litigar sin gastos”; íd., CNCom. Sala A,
04/05/2006, in re: “Oro, C.E. c. Sancor Cooperativa de Seguros Ltda. s/ beneficio de litigar sin gastos”; íd., 30/05/2006, in re: “D.B., M.c.G.G.S. y otro s/ beneficio...
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