Upsala S.R.L. S/ Inf. Ley 24.769

Fecha de la disposición10 de Julio de 2009

cítesela por edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que en el término de cinco días a contar desde la última publicación, comparezca a prestar declaración indagatoria en la presente causa, conforme lo ordenado precedentemente, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia será declarado rebelde (art.

150 del C.P.P.N.). Fdo. Juan José Comparato,

Juez Federal'.

Secretaria Nº 3, 23 de junio de 2009.

Daniel O. Constanza, secretario.

e. 03/07/2009 Nº 55639/09 v. 10/07/2009 JUZGADOS FEDERALES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL SAN MARTIN Nº 1

ElJuzgadoFederalenloCriminalyCorreccional nro. 1 de San Martín, a cargo del Dr. Juan Manuel Culotta, Juez Federal Subrogante, cita y emplaza a Liliana Edith Rossi, D.N.I. 11.627.542 y a Oscar Ramón Domínguez, D.N.I. 14.418.103, en la causa nro. 3521 caratulada 'Carponi Flores, Maria Victoria s/Dcia. Inf. Arts. 292, 296 Y 293 del C.P.', de la Secretaría nro. 1, para que comparezcan ante este Tribunal, sito en la calle Mitre 3527 de la ciudad de San Martín, Pcia. de Bs. As., en el horario de 7:30 hs. a 13:30 hs., dentro del término de cinco días de cumplida la presente publicación, a fin de recibirles declaración indagatoria (Art. 294 del C.P.P.N.) en orden a los delitos previstos y reprimidos en los Arts. 292, 296 y 293 del Código Penal, bajo apercibimiento de declarar la rebeldía y ordenar la detención de los nombrados en caso de incomparecencia injustificada (Art. 150 del C.P.P.N.). A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que ordena la medida: '///Martín, 8 de junio de 2009.

Visto lo que surge a fs. 314 y 328 respecto de Oscar Ramón Domínguez, y a fs. 317 y 331/334 respecto de Liliana Edith Rossi, cítese a los nombrados mediante publicación de edictos, que se realizará durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezcan ante este tribunal, en el horario de 7:30 hs. a 13:30 hs., dentro del término de cinco días de cumplida la publicación, a fin de recibirles declaración indagatoria (Art. 294 del C.P.P.N.) en orden a los delitos previstos y reprimidos por los Arts. 292, 296 y 293 del Código Penal, conforme fuera ordenado a fs. 336 y 307 respectivamente, bajo apercibimiento de declarar la rebeldía y ordenar la detención de los nombrados en caso de incomparecencia injustificada (Art. 150 del C.P.P.N.). A todo evento, requiérase al Director del Boletín Oficial que remita a este tribunal un ejemplar de la edición en la que aparezca la publicación solicitada. Fdo. Juan Manuel Culotta, Juez Federal Subrogante.Ante mi: María Isabel Romano, Secretaria.' San Martín, 8 de junio de 2009.

e. 08/07/2009 Nº 56972/09 v. 15/07/2009 ElJuzgadoFederalenloCriminalyCorreccional Nro. 1 de San Martín, a cargo del Dr. Juan Manuel Culotta, cita a Julio Daniel Bobadilla, titular de D.N.I. 13.058.021, para que comparezca ante este Tribunal, sito en Mitre 3527, San Martín,

Pcia. de Buenos Aires, en el término de cinco días de efectuada la última publicación de este edicto, a fin de recibirle declaración indagatoria (Art. 294 del C.P.P.N.), en orden a los delitos previstos y reprimidos en los Arts. 292, 296 y 293 del Código Penal, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su detención en caso de incomparecencia injustificada, en la causa Nro.

Fdo. Juan Manuel Culotta, Juez Federal, Ante mi:

, reitérese la medida ordenada a fs. 310, tercer párrafo. En cuanto al término dado a Julio Daniel...

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