Upsala S.R.L. S/ Inf. Ley 24.769

Fecha de la disposición 8 de Julio de 2009

Fdo: Javier López Biscayart, Juez. Ante mí: Anabella Espósito, secretaria'.

Secretaría, 24 de junio de 2009.

e. 08/07/2009 Nº 56998/09 v. 15/07/2009 JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO NRO. 7

SECRETARIA NRO. 13

Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 7,

Resuelvo:

1) Declarar extinguida por prescripción la acción penal emergente de autos en lo que respecta a la presunta comisión del delito previsto por el art.302 del Código Penal investigado en autos respecto de Ramón Gaspar Rolón (DNI Nº 14.483.436, argentino, nacido el 4 de julio de 1961 en Resistencia,

- Fdo. Daniel A.

Petrone, Juez Nacional Interino. Ante mí: Andrea Mariana Zabala Duffau. Secretaria.

Buenos Aires, 24 de junio de 2009.

- Fdo. Daniel A. Petrone, Juez Nacional Interino.

Buenos Aires, 23 de junio de 2009.

Mariana Zabala Duffau, secretaria.

e. 08/07/2009 Nº 56266/09 v. 15/07/2009 Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 7,

Y Considerando:

Resuelvo: Declarar extinguida por prescripción de la acción penal emergente del hecho investigado en autos y respecto de Marcelo Vicente Arnone (argentino, nacido el 18 de septiembre de 1964,

DNI Nº 17.015.622, CIPF Nº 11.869.778, casado y en consecuencia sobreseer definitivamente en la presente causa y en relación al nombrado, por los fundamentos expuestos en esta pieza (art. 59 inciso 3º, 62 inciso 2º, 67 del C. Penal y art. 336 inciso 1º del CPPN).- Fdo: Daniel Antonio Petrone - Juez,

Ante mí: Andrea Mariana Zabala Duffau, Secretaria. Publíquese por tres días.

Buenos Aires, 22 de junio de 2009.

Mariana Zabala Duffau, secretaria.

Resuelvo: I) Declarar extinguida por prescripción la acción penal emergente del hecho investigado en autos y respecto de Pablo Abel Vega (DNI Nº 4.933.944, hijo de Manuel Telmo Vega y de Egle Ferroni, nacido el 25 de diciembre de 1928 en la localidad de Alberdi, Provincia de Buenos Aires), en orden al libramiento y posterior rechazo impago de los cheques Nº 04738906, 04647377, 04647378 y 04647379 del Banco BNP Paribas,

Agencia Plaza San Martín, correspondientes a la cuenta corriente Nº 9187-33608-01-50, y en consecuencia Sobreseer en la presente causa y en relación al nombrado, por los fundamentos expuestos en esta pieza (art. 59 inc. 3º, 62 inc.

Fdo. Daniel A. Petrone, Juez Nacional Interino.

Ante mí: Andrea Mariana Duffau, Secretario.

Buenos Aires, 24 de junio de 2009.

e. 08/07/2009 Nº 56263/09 v. 15/07/2009 JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL SAN MARTIN-BUENOS AIRES N° 1

El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nro. 1 de San Martín, a cargo del Dr. Juan Manuel Culotta, Juez Federal Subrogante, cita y emplaza a Liliana Edith Rossi, D.N.I. 11.627.542 y a Oscar Ramón Domínguez, D.N.I. 14.418.103, en la causa nro. 3521 caratulada 'Carponi Flores,

Maria Victoria s/Dcia. Inf. Arts. 292, 296 Y 293 del C.P.', de la Secretaría nro. 1, para que comparezcan ante este Tribunal, sito en la calle Mitre 3527 de la ciudad de San Martín, Pcia. de Bs.

As., en el horario de 7:30 hs. a 13:30 hs., dentro del término de cinco días de cumplida la presente publicación, a fin de recibirles declaración indagatoria (Art. 294 del C.P.P.N.) en orden a los delitos previstos y reprimidos en los Arts. 292, 296 y 293 del Código Penal, bajo apercibimiento de declarar la rebeldía y ordenar la detención de los nombrados en caso de incomparecencia injustificada (Art. 150 del C.P.P.N.). A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que ordena la medida: '///Martín, 8 de junio de 2009.

Visto lo que surge a fs. 314 y 328 respecto de Oscar Ramón Domínguez, y a fs. 317 y 331/334 respecto de Liliana Edith Rossi, cítese a los nombrados mediante publicación de edictos, que se realizará durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezcan ante este tribunal, en el horario de 7:30 hs. a 13:30 hs., dentro del término de cinco días de cumplida la publicación, a fin de recibirles declaración indagatoria (Art. 294 del C.P.P.N.) en orden a los delitos previstos y reprimidos por los Arts. 292, 296 y 293 del Código Penal, conforme fuera ordenado a fs. 336 y 307 respectivamente, bajo apercibimiento de declarar la rebeldía y ordenar la detención de los nombrados en caso de incomparecencia injustificada (Art. 150 del C.P.P.N.). A todo evento, requiérase al Director del Boletín Oficial que remita a este tribunal un ejemplar de la edición en la que aparezca la publicación solicitada. Fdo. Juan Manuel Culotta, Juez Federal Subrogante. Ante mi: María Isabel Romano, Secretaria.' San Martín, 8 de junio de 2009.

e. 08/07/2009 Nº 56972/09 v. 15/07/2009 El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nro. 1 de San Martín, a cargo del Dr. Juan Manuel Culotta, cita a Julio Daniel Bobadilla, titular de D.N.I. 13.058.021, para que comparezca ante este Tribunal, sito en Mitre 3527, San Martín, Pcia. de Buenos Aires, en el término de cinco días de efectuada la última publicación de este edicto, a fin de recibirle declaración indagatoria (Art. 294 del C.P.P.N.), en orden a los delitos previstos y reprimidos en los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR