Tucumán. La Corte Suprema neutraliza parte del autoritarismo K de Tucumán

AutorMirador Nacional

Poco a poco, los regímenes autoritarios van siendo juzgados y se van deteriorando.Nuestra Revista publicó en su momento un aporte profundo del dr.Ricardo González sobre el tema de la Constitución de Tucumán (ver Sistema republicano, Poder Judicial y poder político) y hoy la sentencia de la Corte Suprema de la Provincia confima que la posición asumida por el Colegio de Abogados fue correcta. Nadie puede eregirse en dueño del poder popular y nadie puede plasmar esa pretensión en una reforma constitucional. Todos los políticos del país deberían aprender la lección y la “gente” dar el salto cualitativo del mero habitante al ciudadano.

El Alto Tribunal de Tucumán abre el camino. Nos toca entender el mensaje y cumplir nuestra responsabilidad ciudadana. Otro tema pendiente y tan importante como éste es el de la minería en que las empresas transnacionales están dejando sin recursos naturales a muchas provincias argentina, mermándoles incluso el agua potable.¿Hasta cuándo? Hasta que los tribunales y el pueblo hagan cumplir el mandato constitucional y ético de concretar el bienestar general.

Tucumán y la Constitución

"La Gaceta", de Tucumán, 10.09.2008

La Corte Suprema de Justicia de la provincia le asestó hoy un duro golpe a algunas de las modificaciones introducidas por la reforma Constitucional de 2006. Como consecuencia el Poder Ejecutivo no podrá intregrar discrecionalmente por decreto el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), encargado de la selección de los jueces. Tampoco se podrán propiciar futuras reformas constitucionales por medio del sistema de enmiendas.

La resolución fue adoptada por Antonio Gandur, René Goane y Ebe López Piossek, mientras que en disidencia se pronunció el vocal Alberto José Brito.

La sentencia, prácticamemte, confirmó en su totalidad la sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo el 5 de febrero.

Solamente objetó el hecho de que los camaristas Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello habían supeditado la integración prevista por la Carta Magna a que dos de los cinco representantes de la Legislatura (en el Jurado) pertenecieran a la oposición. En este punto, la Corte hizo lugar -parcialmente- al recurso de casación que había deducido el Gobierno contra el fallo de Novillo y Giovanniello, razón por la que quedó en pie lo previsto por la Constitución de 2006 sobre este tema.

Doce explicaciones que ayudan a comprender el fallo de la Corte

La trascendente sentencia del alto tribunal impide que el Poder Ejecutivo defina...

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