TRIBUNAL COLEGIADO (S/C 453076 Jul. 08 Jul. 27)

Fecha27 Julio 2021
Número de registro453076
EmisorTRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Primera Nominación de Rosario - Secretaria 1- y en autos GODOY, JORGE NELSON c/PALACIOS, EZEQUIEL NICOLAS s/Daños y perjuicios; 21-11874832-5, se hace saber al Sr. Ezequiel Nicolás Palacios que se ha iniciado demanda en su contra y que se lo cita a comparecer y contestar demanda dentro del plazo de veinte días. Se transcriben los siguientes dos decretos: Rosario, 13 de Agosto de 2019. Revócase el Decreto de fecha 25 de Julio de 2019. Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee: por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a Palacios Ezequiel Nicolás y la citada en garantía ATM COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación , por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12.851 (ley de aranceles profesionales). Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Notifíquese el...

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