TRIBUNAL COLEGIADO (S/C 477612 May. 19 May. 23)

Fecha23 Mayo 2022
Número de registro477612
EmisorTRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición de la Dra. Silvina I. García, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos al Sr. Guillermo Fernando Dacosta, D.N.I. N° 30.484.755, la sentencia dictada dentro de los autos caratulados DPPDNAF (DACOSTA ORION Y OT) y otros s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes ley 12.967; 21-10862824-0 (167/2016), que a continuación se transcribe: Resolución N° 3286/2016. Rosario, 06 de Diciembre de 2016. Y vistos... Y considerando... Resuelvo: 1) Legitimar el acto administrativo de resolución definitiva de la medida de protección excepcional decidida por Disposición N° 105 del 28 de Junio de 2016 de fs. 283/284 por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos del Niño, Adolescencia y Familia, respecto de los niños Orian Atahualpa Dacosta (D.N.I. N° 49.635.077), Mora Esperanza Dacosta (D.N.I. N° 50.759.973), ambos hijos de Guillermo Fernando Dacosta, D.N.I. N° 30.484.755, domiciliado en calle Garibaldi N° 1834 de la localidad de Rosario y Danalí Cecilia García Arocena D.N.I. N° 31.250.555, con último domicilio conocido en calle 19 N° 2079 de la localidad de pueblo Esther; Auka Lila Quintana (D.N.I. N° 52.694.366) hija de Selva Lis García Arocena, D.N.I. N° 31.250.554, con domicilio sito en calle Juan Manuel de Rosas n° 2934 de la localidad de Pueblo Esther y Facundo Quintana, D.N.I. N° 31.190.781, sin domicilio denunciado en autos; Miel Amancay García Arocena (D.N.I. N° 48.829.794) hija de Silva Lis García Arocena, D.N.I. N° 31.250.554, sin filiación paterna y Omar Azul García Arocena (D.N.I. N° 50.334.058), hijo de Selva Lis García Arocena, D.N.I. N° 31.250.554, sin filiación paterna. 2) Otorgar provisoriamente a la abuela materna, señora Laura Argentina Arocena (D.N.I. N° 10.410.918) la delegación judicial de guarda de sus nietos ut-supra mencionados, de conformidad con lo establecido por los arts. 607 penúltimo párrafo y 657 y ccdtes. del CCyCN, quien deberá aceptar el cargo ante el Actuario en debida forma. 3) A los efectos de hacer efectivo lo sugerido por la Dirección Provincial de...

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