Tratado de Derecho del Trabajo.RCF.Cap.I.Teoría Sistémica del Derecho del Trabajo

Cap.I.Teoría Sistémica del Derecho del Trabajo

El Derecho del Trabajo no nació ni se desarrolló en un ámbito de paz, en los despachos de empresarios o de prestigiosos académicos o en las oficinas confortables de los amigos del poder. En esos lugares el Derecho del Trabajo aprendió a luchar contra el poder económico y sus asociados. El Derecho del Trabajo puede darse por nacido en la fábrica, sustituta del taller artesanal, la cual, ante el crecimiento de lo colectivo hace brotar la solidaridad compartida y comunicada frente a la represión patronal

Sarthou, Helios, Hacia una Teoría Pura del Derecho de Trabajo, Fundación Electra, Montevideo, 2012, pág.5

"En el pueblo existen dos posibilidades: la calma o la tempestad, la chatura o el heroísmo. El pueblo siempre puede dar el salto para cambiar todo. El buen capitán espera su tiempo y conduce el barco en medio de la marea alta. El mal capitán se pliega al momentáneo flujo del mar. Así sucede con los políticos: algunos siguen el coyuntural estado de la situación; otros, esperan su tiempo. A estos últimos les pertenece el futuro".

Rosa Luxemburgo. (Traducción del autor).

"La promoción del trabajo decente para todos los trabajadores, mujeres y hombres, con independencia de dónde trabajen, requiere una estrategia general: hacer realidad los principios y derechos fundamentales en el trabajo, crear mayores y mejores oportunidades de empleo e ingresos, ampliar la protección social y fomentar el diálogo social. Estas dimensiones del trabajo decente se refuerzan entre sí y constituyen una estrategia integrada de lucha contra la pobreza. La dificultad de reducir los déficit de trabajo decente es mucho mayor cuando el trabajo realizado está al margen del ámbito o campo de aplicación de los marcos jurídicos e institucionales. Hoy día, son muchas las personas que trabajan en la economía informal porque en su mayoría no pueden encontrar otro trabajo o emprender actividades empresariales en la economía formal"

OIT, Resolución relativa al trabajo decente y la economía informal. 2002

Índice

Advertencia

Introducción

I. Contenido sistémico

  1. Realidad

    B.Valores críticos

    C.Salida normativa

    a.Tipología de normas

    a.1. Normas internacionales sobre Derechos Humanos

    a.2. Proyecto social constitucional.

    a.3. Normas estructurales

    a.4. Normas coyunturales

    a.5. Normas estatales

    a.6. Normas sectoriales

    a.7. Normas integrales

    b. Conjunto normativo

    D.Conducta transformadora

    a. Actores sociales

    b. Decisores jurídicos

    c.Sentidos de la Transformación

    d. Juicio Final y Fin de la Historia

    e. Medios transformadores

    II. Empresa y proceso productivo (r)

  2. Introducción

    B.Aproximación conceptual a la empresa

    C.Instrumentos de la empresa

  3. Empresa como micro-cosmos y como ordenamiento jurídico parcial

  4. Empresa y pensamiento crítico

    F.Empresario y empleador

  5. Establecimiento

    H.Incidencia normativa en la empresa

    1. Empresas trans-nacionales

    J.Conclusión

    III. Valores críticos (v)

    A.Introducción

  6. Menú objetivo de valoración

    a. Valores

    a.1.Justicia social

    Igualdad de oportunidades

    a.2.Solidaridad

    a.3.Co-operación

    a.4.Valores en la empresa

    a.5. Valores y jurisprudencia

    b. Derechos Humanos

    b.1.Tipología de Derechos Humanos

    b.2. Niveles de conciencia respecto de los Derechos Humanos y ordenamiento normativo

    b.3. Derechos Humanos reconocidos al Mundo del Trabajo

    b.4. Derechos Fundamentales en el Trabajo

    b.4.1.Sentido de los Derechos Fundamentales

    b.4.2. Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998)

    b.4.3. Declaración Sociolaboral del Mercosur

    b.4.3.1. Dimensión social y espacio social

    b.4.3.2.Contenido de la Declaración

    b.4.3.3. In-discriminación

    b.4.3.4. Trabajadores migrantes y fronterizos

    b.4.3.5. Trabajo forzoso

    b.4.3.6. Trabajo de menores

    b.4.3.7.Organización empresarial

    b.4.3.8. Organización y acción sectorial

    b.4.3.9.Tripartismo

    b.4.3.10.Búsqueda del empleo decente

    b.4.3.11. Capacitación de los trabajadores

    b.4.3.12. Capacitación de los empresarios

    b.4.3.13. Salud y seguridad en el puesto de trabajo

    b.4.3.14.Contralor estatal

    b.4.3.15. Exigibilidad de la Declaración

    b.4.3.16. Mecanismo de seguimiento

    b.4.3.17 .Base de Datos

    b.4.3.18.Conducta de los actores sociales y de los Poderes del Estado ante la Declaración.

    b. 5. Buscando el Trabajo Decente

    b.5.1. Acercamiento conceptual

    b.5.2. Educación-para-la-justicia y empleo decente

    b.5.3. Promoción del empleo decente

    b.6. Derechos Fundamentales y conducta judicial

    b.7. Relación entre Derechos Humanos y normas

    b.8. Utilización procesal de los Derechos Humanos

    c.Principios generales del Derecho

  7. Conclusión

    IV. Salida normativa (n)

    A.Elementos del conjunto normativo

    a. Normas internacionales

    b. Proyecto Social Constitucional

    b.1. Derechos sociales reconocidos constitucionalmente

    b.2. Programas constitucionales

    b.3. Variables operativas

  8. Funcionamiento normativo

  9. Orden público

    a.Orden público "económico"

    b.Orden público y ordenamiento laboral

  10. Normas y niveles protectores

  11. Activadores energéticos

  12. Apertura internacional

    a. Derecho laboral comparado

    b. Organización Internacional del Trabajo (OIT), especialmente sus Convenios y Recomendaciones

    c. Sindicalismo internacional

    V. Conducta transformadora

  13. De los actores sociales

    a. Participación en la toma de decisiones

    b. Inteligentes medidas de acción directa

    c. Objeción de conciencia

    B.Hacia el Derecho del Trabajo

    C.Importancia del Trabajo en el Sector Informal

    a.Introducción

    b. Conductas empresariales

    c. Trabajo por cuenta propia

    d.Pobreza y Sector In-formal

    e. Salud y Economía Informal

    f. Surgimiento de un Derecho Alternativo

    f.1. Trueque

    f.2. Gestión comunitaria de servicios

    g. Búsqueda de soluciones

    g.1. Ciudadanía social, ingreso básico, desarrollo

    g.2. Educación y Sector In-formal

    g.3. Trabajo genuino en cooperativas de trabajo

    g.4. Concesión de créditos

    g.5. Contratos formales simples

    g.6. Apertura de la Justicia de Trabajo a los trabajadores informales

    g.7. Sindicalización de los trabajadores informales

    g.8. Negocios colectivos de los trabajadores in-formales

    g.9. Derecho de huelga de los trabajadores in-formales

    g.10 Participación en los Consejos Tripartitos

    g.11. Economía alternativa

    Anexo

    1. Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998)

    2. Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa (2008)

    3. Declaración SocioLaboral del Mercosur (1998)

      Advertencia

      Esta es la tercera versión de la Teoría.

      La primera fue presentada a los estudiantes de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de La Pampa (1974). La misma obra en Derecho Laboral, Tomo I, Platense, La Plata, 1979.

      La segunda, expresada en El nuevo derecho sindical argentino, Platense, La Plata, 2ª.ed., 1993, fue traducida al portugués por Reginald Felker (edit. Sintese, Porto Alegre, 1995) y aceptada estatutariamente por el Equipo Federal del Trabajo.

      La Teoría siempre fue trasmitida como provisoria, aceptando tanto las críticas como los aportes de los lectores. Su formulación matemática es un 8,66. Todo aporte nuevo agrega un 6: nunca alcanzaremos el 9 pero nos acercaremos a una exposición más acabada.

      Introducción

      4. El derecho, obra cultural en procura de justicia, funciona como un sistema. Sus entradas están constituidas por la realidad (R) y los valores críticos (V). Sus salidas están constituidas por las normas (N) y la conducta transformadora (T).

      Puede formularse:

      D = (R + V) + (N + T).

      El presente capítulo describe sintéticamente el contenido del Derecho del Trabajo y analiza cada elemento.

      I. Contenido sistémico

      5.Desde siempre, la humanidad sabe que el derecho es energía. De allí la representación de la diosa Justicia con una espada en la mano.

      El Derecho del Trabajo, como energía societal, dialectiza diversos elementos que, a su vez, retro-alimentan el sistema para impedir o, al menos, dificultar la entropía.

      A.Realidad

      6.Dentro de ella actúan diversos aspectos de la cuestión social:

      + Condicionamientos del bien común: conjunto de elementos sociales, culturales, económicos y políticos que refieren a la calidad de vida de todos y no al consumo privilegiado de algunos.

      "Resulta prácticamente imposible negar propósitos de bien común a una asociación que procura rescatar de la marginalidad social a un grupo de personas y fomentar la elevación de su calidad de vida pues, en tanto el bien colectivo tiene una esencia pluralista, ideales como el acceso a la salud, educación, trabajo, vivienda y beneficios sociales de determinados grupos, así como propender a la no discriminación, hacen al interés del conjunto social como objetivo esencial y razón de ser del Estado de cimentar una sociedad democrática, al amparo de los arts. 14 y 16 de la Constitución Nacional y de los tratados internacionales incorporados en su art. 75, inc. 22"

      CS, "Asociación Lucha por la Identidad Travesti - Transexual c/Inspección General de Justicia" 21.11.2006

      + Hipo-suficiencia del trabajador: necesidad de trabajar en relación laboral, por causas económicas, sociales, culturales o políticas (infra, 124).

      + Condiciones y medio ambiente de trabajo (CyMAT): conjunto de elementos de la relación laboral que inciden en la salud y calidad de vida de los trabajadores.

      Refieren a la carga del trabajo, a la organización del ritmo de producción, a la higiene y seguridad, a la estabilidad en el empleo, a la participación en las decisiones, a la duración de la vida activa, a la distribución del resultado económico.

      + Autonomía sectorial: posibilidad de los actores sociales para organizarse sindicalmente, negociar condiciones y medio ambiente de trabajo, participar en la toma de decisiones, conducir el conflicto social.

      Tales aspectos de la cuestión social se condensan en el proceso productivo y en la empresa. Según cómo se desarrolle aquél y se considere ésta, la relación laboral se cosifica o se hominiza. Cuando se considera al trabajador como un recurso humano, como un objeto manipulable...

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