Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 15 de Noviembre de 2018, expediente CAF 040491/2012/CA002 - CA001

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación 40491/2012; TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SA c/ H.M.F. Y OTROS s/VARIOS JMB En la ciudad de Buenos Aires, a los 15 días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto contra la sentencia de primera instancia dictada en los autos “Transportadora de Gas del Sur SA c/ H., M.F. y otros s/ Varios”, Causa Nº 40.491/2012, planteado al efecto como tema a decidir si se ajusta a derecho la sentencia apelada, el Señor Juez de Cámara, D.S.G.F. dice:

  1. Que la sentencia de primera instancia, dictada por la señora Juez titular del Juzgado Nº 4 del fuero, y obrante a fs. 271/278 de estos autos, hizo lugar a la demanda interpuesta por Transportadora de Gas del Sur SA, contra M.F.H., M.G.H., C.G.A.H., y J.M.H., y, en consecuencia, estableció en concepto de canon por servidumbre administrativa de gasoducto correspondiente al período comprendido entre el 01/01/1998 y el 31/09/2014, aquél fijado por el Ente Nacional del Gas (en adelante ENARGAS) por la suma de $19.442,01, y tuvo por cumplidos los correspondientes requisitos de la acción por consignación. Impuso las costas a la demandada vencida.

    Para así decidir, de forma preliminar, la a quo citó doctrina y jurisprudencia a efectos de definir la servidumbre administrativa, caracterizar la servidumbre de gasoducto y analizar la legislación aplicable en la materia.

    Afirmó que, el ENARGAS era competente tanto para establecer las pautas que rijan la determinación de cánones por servidumbres, como para fijarlos provisoriamente en el caso particular y resolver las controversias que se derivaran en esa Fecha de firma: 15/11/2018 Alta en sistema: 23/11/2018 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #10504863#219838327#20181115100343667 Poder Judicial de la Nación 40491/2012; TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SA c/ H.M.F. Y OTROS s/VARIOS materia. Mencionó jurisprudencia de esta Cámara y Sala, según la cual la Ley Nº 24.076 le confiere una competencia específica para dirimir, en instancia administrativa previa, los conflictos sobre fijaciones de indemnizaciones por servidumbres de gasoducto. Agregó

    que, ese procedimiento fue reglamentado por la Resolución (ENARGAS) Nº 584/98, la cual determinó la mecánica para fijar el valor del canon provisorio por servidumbre de que se trate. Reprodujo su artículo 4º, y citó el artículo 5º.

    Luego, procedió a evaluar si el accionar de la demandada se había ajustado a las previsiones regulatorias. Asimismo, analizó las constancias administrativas acompañadas y puntualizó que con fecha 11/03/2011, la actora había solicitado que el ENARGAS fije el canon de servidumbre por la existencia del camino de acceso a las instalaciones complementarias en el inmueble sito en el Partido de Las F., de la Provincia de Buenos Aires (identificado catastralmente como: N.C.: Circ. X – S.. Rr-Parcela 1847, inscripto su dominio en la Matrícula Nº 7656).

    Destacó que, la actora notificó a los demandados la propuesta de pago del canon, y que éstos no sólo no recurrieron la Resolución del ENARGAS por la fijación del mismo, sino que tampoco iniciaron acción judicial alguna en tal sentido.

    Bajo tales premisas, también citó

    jurisprudencia y doctrina que...

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