Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Agosto de 2018, expediente Rc 121465

Presidentede Lázzari-Soria-Genoud-Kogan
Fecha de Resolución15 de Agosto de 2018
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

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La Plata, 15 de Agosto de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

La señora Jueza doctora K. y los señores Jueces doctores de L., S. y G. dijeron:

Que las cuestiones planteadas en la vía extraordinaria de inaplicabilidad de ley interpuesta por el letrado apoderado de la parte accionante vencida a fs. 158/170 vta., han sido adecuadamente consideradas en el dictamen obrante a fs. 198/200, cuyos fundamentos centrales (vinculados con la insuficiencia técnica de la impugnación, en lo que respecta a la carencia de una réplica adecuada de las motivaciones esenciales que el fallo judicial impugnado contiene sobre la notificación del laudo arbitral y los extremos necesarios para la procedencia del exequatur; v. fs. 199/200), son compartidos por este Superior Tribunal y a los que corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, la Suprema Corte de Justicia

RESUELVE:

De conformidad con lo aconsejado por el señor P. General y ante la insuficiente fundamentación, rechazar el recurso extraordinario impetrado (arts. 31 bis, ley 5.827...

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