Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 24 de Noviembre de 2020, expediente CAF 080779/2017/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2020
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

EXPTE. Nº CAF 80.779/2017/CA1 “TOSCANO, B.N. c/

EN - M SEGURIDAD – PFA

s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL

DE LAS FFAA Y DE SEG”

Buenos Aires, de noviembre de 2020.-

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada, a fojas 99/102 (v. constancias del sistema informático Lex 100,

a las que se aludirá en lo sucesivo), replicado por la actora a fojas 104/114,

contra la resolución de fojas 96, y el pedido de la actora de formación de incidente de ejecución de sentencia, en los términos del artículo 258 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y;

CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 96, en lo que aquí importa, esta S. rechazó

    el recurso de apelación de la demandada. En consecuencia, confirmó la sentencia apelada en cuanto había condenado al Estado Nacional-Policía Federal Argentina a incorporar al sueldo de la actora, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos creados por el Decreto Nº

    2140/2013 y sus modificatorios; y ordenado abonar las retroactividades devengadas.

  2. Que, contra esa sentencia, a fojas 99/102, la parte demandada dedujo recurso extraordinario.

    En cuanto interesa, manifestó que este Tribunal ha decidido contra la validez de normas de carácter federal, como la Ley Nº 21.965, su decreto reglamentario, y el Decreto Nº 2140/2013.

  3. Que en tal sentido, corresponde analizar la procedencia del recurso extraordinario interpuesto por la demandada.

    En atención a que lo decidido por esta S. respecto al Decreto Nº 2140/2013, y sus normas complementarias, se fundó en la jurisprudencia establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “B., F.G. c/ EN - M° Seguridad - PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, Expte. Nº 73977/2014/CS1-CA1,

    sentencia del 24 de septiembre de 2019; resulta aplicable al caso la doctrina Fecha de firma: 24/11/2020

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.L.P., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    elaborada por el máximo Tribunal según la cual las cuestiones federales se tornan insustanciales cuando una clara jurisprudencia, indudablemente aplicable a ella, impide toda controversia seria respecto de su solución, y la recurrente no aduce razones que pongan en tela de juicio la aplicabilidad del precedente, o importen nuevos argumentos que puedan llevar a una...

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