Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 18 de Agosto de 2021, expediente CAF 001472/2021/CA001

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III

1472/2021 TIRAO, LUCIO c/ EN-AFIP s/PROCESO DE

CONOCIMIENTO

Buenos Aires, de agosto de 2021.- ESS/SH

Y VISTOS;

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora el 19/05/2021, contra la resolución del 19/05/2021, fundado por el memorial del 24/06/2021; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que, por la resolución del 19 de mayo de 2021,

    la sra. juez de primera instancia declaró su incompetencia en razón del territorio para entender en autos, ordenando la formación de incidente –

    debiendo adjuntarse la totalidad de las piezas procesales- y posterior remisión a la Justicia Federal de M.d.P., Provincia de Buenos Aires.

    En sustento de su decisión, tras citar lo establecido por el art. 90 de la ley 11.683, entendió que atento a que el actor posee su domicilio fiscal en Domingo 715, B° Sierra de los Padres, M.d.P., Provincia de Buenos Aires, correspondía declarar la incompetencia del juzgado a su cargo para entender en autos.

  2. Que, la parte actora se agravia en tanto la sra.

    juez de grado declaró la incompetencia territorial para entender en los presentes actuados en razón del domicilio del actor. A. respecto, tras cuestionar que la resolución apelada efectua una interpretación errónea del derecho invocado -al indicar que resulta aplicable al caso lo dispuesto en el art. 90 de la ley 11.683-, entiende que resulta de aplicación en autos la regla contenida en el art. 5 inc. 3) del código de rito.

    Por último, destaca que la Administración Federal de Ingresos Públicos posee su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que “…si bien el actor actualmente posee domicilio en la localidad de Sierra de los Padres, el cumplimiento de la obligación, se efectúa a través de la retención en los haberes de retiro del actor y su pago a la accionada, lo efectúa la Caja de Retiros Jubilaciones y Fecha de firma: 18/08/2021

    Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

    Pensiones de la PFA, quien también posee su domicilio en la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires”.

  3. Que a fin de resolver la cuestión corresponde comenzar por dejar sentado que el Sr. L.T. –D.N.

  4. 7.828.870,

    domicilio real en Domingo 715, B° Sierra de los Padres, M.d.P.,

    Provincia de Buenos Aires–, invocando la condición de retirado, titular del beneficio previsional N° 045754, que percibe mediante la Caja de Retiros...

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