Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín , 28 de Enero de 2010, expediente 9.269

Fecha de Resolución28 de Enero de 2010

c.n°9269 (2607/09) “Test. Causa 489/09” del J.. Fed. De Tres de Febrero S.. N°2

Poder Judicial de SALA DE FERIA SEC.PEN.1

la Nación REG.:8211

Año del B.M., 28 de enero de 2010.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a estudio del Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por los letrados defensores de los encartados M.A.P. y C.A.V. contra el auto que dispuso su procesamiento en orden al delito de trata de personas mayores de dieciocho años –en la modalidad de captación, traslado y acogimiento- en concurso ideal con el delito de fasilitación de la prostitución de mayores de dieciocho años.

La investigación tuvo origen a raíz de una denuncia recibida en la Oficina de Rescate y Acompañamiento de las personas damnificadas por el Delito de Trata de Personas, en las cuales se vinculaba algunos domicilios, entre ellos el ubicado en la calle M.S. de Thompson 1800 del Partido de Tres de Febrero, con la prostitución y la posible comisión del delito de trata de personas. A partir de allí se efectuaron distintas tareas de observación que determinaron la -1-

entrada y salida de mujeres del lugar y el funcionamiento de prostíbulos denominados “privados”.

A raíz del allanamiento de ese domicilio, se pudo establecer que entre las mujeres que trabajaban allí, (todas mayores de edad), había dos que también vivían en ese lugar,

ambas de nacionalidad paraguaya, las que habían venido a través de distintas personas vinculadas a A.V. desde su lugar de origen, con dinero que ésta les habría facilitado, a desempeñar tareas al lugar manejado por ella y Palavicino.

En primer lugar cabe destacar que la doctrina señala al delito de trata de personas como una moderna forma de esclavitud. “Comienza con el reclutamiento y sigue con la extirpación de la persona de su familia o lugar de origen,

mediante el traslado hasta un destino macabro: la explotación sexual o laboral, la adopción ilegal, el comercio de órganos,

el tráfico de drogas o la participación forzada en conflictos armados. Este despreciable negocio obtiene su materia prima de los sectores más desprotegidos, puesto que se nutre de la pobreza, la falta de trabajo, el subdesarrollo, la ignorancia,

la discriminación de la mujer, la indefensión de niños, las -2-

c.n°9269 (2607/09) “Test. Causa 489/09” del J.. Fed. De Tres de Febrero S.. N°2

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Año del B. guerras y los desastres naturales… El fin de explotación de este tipo...

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