Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 13 de Abril de 1993, expediente L 51031

PonenteJuez SALAS (SD)
PresidenteSalas - Rodriguez Villar - Negri - Laborde - San Martín
Fecha de Resolución13 de Abril de 1993
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de La Plata, a 13 de abril de 1993, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Salas, R.V., N., L., S.M., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 51.031, “T. de F., E.E. contra M., G.W.. Despido”.

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nº 3 de S.M. desestimó la demanda promovida; con costas a la parte actora.

Esta dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

  1. El tribunal del trabajo desestimó la demanda promovida por E.E.T. de F. contra G.W.M. por no existir relación laboral entre las partes.

  2. La accionante denuncia en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley violación de los arts. 17 y 18 de la Constitución nacional; 9 y 11 de la provincial; 9, 23 y 25 de la ley de Contrato de Trabajo y 44 inc. “e” del decreto ley 7718/71.

    Sostiene que el despacho telegráfico cursado por la demandada comunicando lasuspensión de tareas laborales hasta nuevo aviso es una confesión de parte, demostrativa de la...

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