Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - SALA A, 26 de Abril de 2016, expediente FCB 024200010/2006/CA001

Fecha de Resolución26 de Abril de 2016
EmisorSALA A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Expte. N° FCB 24200010/2006 AUTOS: “SZILAGYI, ISTVAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

doba, 26 de abril del año dos mil dieciséis.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “SZILAGYI ISTVAN C/ ANSES – REAJUSTES VARIOS”

(Expte. FCB 24200010/2006/CA1), venidos a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte demandada en contra de la Sentencia de fecha 23 de agosto de 2011, dictada por el Juez Federal N° 2 de Córdoba que, en lo pertinente, decidió hacer lugar a la demanda entablada por la parte actora en contra de la A.N.Se.S. y ordenar el reajuste del haber previsional del actor, de acuerdo a las pautas expresadas en los considerandos, declarando la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 24.463. Con costas en el orden causado.

Y CONSIDERANDO:

  1. La parte demandada funda el recurso de apelación (fs. 76/79). Se agravia por cuanto se hace lugar a la demanda ordenando a la Anses el reajuste el haber previsional conforme pautas que en la oportunidad señala y que a su juicio no son de aplicación al caso.

    Corrido el traslado de la ley, la parte actora contesta agravios, según constancias de fs. 99.

  2. Del análisis de la causa se desprende que el actor es titular de un beneficio jubilatorio, adquirido con arreglo a la ley 24.241, y que oportunamente requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada por la A.N.SE.S. mediante Resolución N° 10734 de fecha 24 de octubre de 2005 (expediente administrativo N° 024 – 20- 18709807-7-146-1), conforme fs. 7/8 de autos.

    Ahora bien, las cuestiones planteadas en el presente resultan sustancialmente análogas a las examinadas por esta S. en los precedentes “P., L.A. c/ ANSES -Reajustes Varios-”

    (Expte. Nº 24170028/2008/CA1) de fecha 13 de noviembre de 2014, y con la actual integración del Tribunal, en la causa: “M., E.J. c/ ANSES -Reajustes Varios-” (Expte. N°

    33130153/2010/CA1) de fecha 3 de marzo de 2015 (www.csjn.gov.ar – consulta de expedientes).

    En consecuencia corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos que pasan a formar parte del presente resolutorio, y autorizan a confirmar el decisorio impugnado.

  3. Finalmente, respecto a...

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