SuperSal. 470/12. Medicina prepaga. Procedimiento para envío y recepción de padrones de usuarios y efectores prestacionales (B.O. 6-6-12)

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480 LEGISLACIÓN
de la resolución Nº 419/12-SSSalud, como así
también otras temáticas que se incorporen
con posterioridad.
Art. 4° — La Unidad de Gestión ley Nº
26.682 estará a cargo de un Coordinador
General, quien será el responsable de la di-
rección y organización del área creada.
Art. 5° — Desígnase a los agentes detalla-
dos en el anexo I de la presente, para integrar
la Unidad de Gestión ley Nº 26.682.
Art. 6° — La presente resolución será
aplicable a partir de su publicación en el
Boletín Of‌icial.
Art. 7° — Regístrese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Of‌icial y,
oportunamente, archívese. — Bellagio.
NOTA: El anexo no se publica. La docu-
mentación no publicada puede ser consul-
tada en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma
de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.
gob.ar
SuperSal. 470/12. Medicina prepaga.
Procedimiento para envío y recepción
de padrones de usuarios y efectores
prestacionales (B.O. 6-6-12)
Para la consulta en extenso de este fa llo
véase TySS on lin e.

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