Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 22 de Septiembre de 2022, expediente COM 016038/2022/CA001

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Sala F

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/PREVENCION A.R.T. S.A.

s/ORGANISMOS EXTERNOS

(Expte. S.R.T. N° 27233/20)

Expediente N° COM 16038/2022 SIL

Buenos Aires, 22 de septiembre de 2022. RT

Y Vistos:

1. a) Fue remitido a esta Sala F por sistema DEOX el expediente S.R.T. n° 27233/20 al que fue otorgado en esta Cámara el n° COM

16038/2022 bajo carátula “SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

C/PREVENCIÓN A.R.T. S.A. S/ORGANISMOS EXTERNOS

.

D. aclarado por tanto que las referencias de foliatura de la presente decisión son aquellas otorgadas por el Organismo de Control en el sumario referido.

  1. Viene apelada la Resolución RESAP-2022-827-APN-SRT#MT

(v. fs. 172/6), que impuso a Prevención A.R.T. S.A. una multa equivalente a 241 MOPRES por incumplimiento a lo dispuesto en el art. 19, inc. g) del Decreto n° 170/96.

La norma aludida aparece transcripta por la abogada sumariante en el dictamen jurídico (v. fs. 139), a la cual el Tribunal remite por razones de economía en la exposición.

  1. La S.R.T. sancionó a la aseguradora en relación al empleador W.S., y su establecimiento n° 1 (ID n° 449.452), ubicado en la calle P. n° 2943, Caseros, P.. de Buenos Aires. Concretamente se le atribuyó, no haber colaborado en las investigaciones y acciones para la promoción de la prevención que desarrolla el organismo de contralor, toda vez que adjuntó la constancia de visita del 19/03/2019, oportunidad en la que no habría constatado incumplimientos por parte del citado empleador, y sin perjuicio de ello, luego informó con esa fecha de verificación las Fecha de firma: 22/09/2022

    Alta en sistema: 23/09/2022

    inobservancias a los rubros n° 20 (iluminación y color), n° 21 (condiciones Firmado por: M.F.E., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: A.N.T., JUEZA DE CÁMARA

    Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.L., PRESIDENTE DE LA SALA F

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Sala F

    higrotérmicas), n° 23 (radiaciones ionizantes y láseres), n° 28 (contaminación ambiental) y n° 29 (ruido, ultrasonido e infrasonido), según aparece enunciado en la resolución recurrida (v. detalle fs. 172).

  2. El memorial luce agregado a fs. 196/207.

  3. En cuanto al proceder administrativo de la A.R.T. recurrente,

    corresponde señalar que el minucioso y detenido análisis de todo el material que compone el presente sumario conduce...

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