Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 7 de Junio de 2022, expediente COM 021179/2021

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D

21179/2021/CA1 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/

GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/

ORGANISMOS EXTERNOS.

Buenos Aires, 7 de junio de 2022.

  1. Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. apeló en fs.

    189/202 la Resolución Administrativa de fs. 185/188, en cuanto le impuso una sanción equivalente a 241 MOPRES.

  2. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo sancionó a la recurrente, con respecto al empleador H.L.S., en lo que atañe al establecimiento sito en la calle Grecia n° 7.819, Nueve de Abril,

    Partido de E.E., Provincia de Buenos Aires, por incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 19, inciso g) del Decreto nº

    170/96, toda vez que no habría colaborado con las investigaciones y acciones para la promoción de la prevención desarrolladas por el organismo de control.

  3. Como la recurrente denuncia en fs. 198 la nulidad de la resolución en cuestión, cabe recordar que -como ocurre con los actos jurisdiccionales- dicho planteo sólo procedería cuando la decisión adolece de vicios o defectos de forma o de construcción, es decir, cuando se ha dictado sin sujeción a los requisitos de tiempo, lugar y forma prescriptos por la ley adjetiva, mas no en hipótesis -como la aquí

    Fecha de firma: 07/06/2022 invocada- de errores in iudicando, que de existir, pueden repararse Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA

    justamente por medio de la apelación, ya que el ad quem puede examinar los hechos y el derecho con plena jurisdicción (arg. art. 253, Código Procesal; esta Sala, 26.6.14, “Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/

    Asociart A.R.T. S.A. s/ Organismos Externos”, registro de Cámara n°

    10021/2014; íd., 28.8.14, “Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/

    Interacción A.R.T. S.A. s/ Organismos Externos”, registro de Cámara nº

    4034/2014; íd., 25.9.14, “Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/

    Asociart A.R.T. S.A. s/ Organismos Externos”, registro de Cámara n°

    24981/2014).

    Sentado ello, y entrando a examinar el recurso de que se trata,

    debe recordarse que el deber-facultad de imponer sanciones que aquí se cuestiona se prevé como derivación del cumplimiento de la fiscalización a cargo de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (art. 36, ap. 1, de la Ley n° 24.557 y art. 15: 1 del Decreto n° 334/96...

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