Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 16 de Julio de 2021, expediente CSS 093552/2011/CA001

Fecha de Resolución16 de Julio de 2021
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE NRO: 93552/2011

AUTOS: “S.A.S. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Buenos Aires,

VISTO:

El pedido de aclaratoria deducido por la accionante en relación recurso extraordinario por ella interpuesto contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal, y el posterior decisorio de esta Alzada, y CONSIDERANDO:

  1. Que, en su presentación, la accionante subraya que mediante la resolución mencionada en último término, fue tratado solamente el recurso de la demandada, de lo que se sigue que aún resta expedirse sobre el deducido por la actora.

    Que, corresponde admitir que asiste razón a la presentante, y que el equívoco de referencia encuentra explicación en el cúmulo de tareas que pesan sobre el Tribunal, evento que es necesario ahora enmendar, dando debido tratamiento al recurso de la parte actora mediante una decisión que complemente la anterior resolución.

    Que, al respecto, cabe señalar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al fallar, el 18 de mayo de 1989, en autos "Acelco S.A. s/concurso preventivo -incidente de revisión promovido por C.S., admitió que puede rectificarse una sentencia en caso de hallarnos ante un error de hecho evidente (Cfr. El Derecho, 9/10/89).

  2. Que, corresponde desestimar los agravios atinentes a los descuentos sobre intereses de la obra social; la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, y la oposición al impuesto a las ganancias, atento que dichas cuestiones no formaron parte de la litis, al no haber sido planteadas en la demanda que originó la presente causa.

    Que la imposición de las costas en la instancia ordinaria es una cuestión fáctica y procesal, propia de los jueces de la causa y ajena al remedio federal (Fallos: 329:3761).

    Que lo atinente a la determinación de la tasa de interés, no constituye cuestión federal susceptible de habilitar la instancia extraordinaria (Fallos:329: 5467).

    Que en cuanto a la arbitrariedad argüida, planteo, se subraya que dicha doctrina no se propone convertir a la Corte Suprema en un tercer tribunal de...

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