Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 15 de Julio de 2011, expediente 19.873/11

Fecha de Resolución15 de Julio de 2011

Poder Judicial de la Nación TS06I 33401 15-07-11

SALA VI

EXPTE. Nº 19.873/11 JUZGADO Nº 53

AUTOS: “STEIN ALBERTO CARLOS C/ VIRREYES AGROPECUARIA S.A. Y

OTROS S/ DESPIDO –RECURSO DE HECHO-“

Buenos Aires, de de 2011.

VISTO:

El recurso de queja interpuesto por la parte actora porque la apelación que dedujo contra la resolución dictada con fecha 28/4/11 (fs. 506/507

expte. principal) fue tenido presente en los términos del art. 110 de la ley 18.345

(fs. 521).

Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución apelada (fs. 506/507) la Juez “a quo” rechazó el planteo efectuado por la actora a fs. 276/280, presentación en la que cuestionó el poder acompañado (fs. 119/121) con el escrito de contestación de demanda de la codemandada Vireyes Agropecuaria S.A. (fs. 122/198), argumentando que la insuficiencia del instrumento con el que se pretende acreditar la representación de dicha codemandada conlleva que sea declarada rebelde en los términos del art. 71

de la ley 18.345.

Que la declaración de rebeldía en la contestación de demanda produce efectos que inciden directamente en la tramitación de la causa, y según sea el caso en la resolución objeto de litis, por lo que aún cuando el presente caso no se encuentre entre los exceptuados en el art. 110 de la ley 18.345, resulta conveniente tratar el recurso en forma inmediata.

Que, en consecuencia, corresponde dejar sin efecto la resolución dictada a fs. 521 y conceder, con efecto inmediato, el recurso de apelación que la parte actora interpuso a fs. 509/518, por lo que deberá correrse traslado de éste a la codemandada Vireyes Agropecuaria S.A. por el plazo de ley.

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

I) Dejar sin efecto la resolución dictada a fs. 521.

II) Conceder con efecto inmediato el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 509/518 y correr traslado de éste a la codemandada Vireyes Agropecuaria S.A. por el plazo de ley.

III) Oficiar a la Mesa General de Entradas de la Cámara para que disponga la asignación por prevención de la causa Nº 41.265/2010 que corre por cuerda.

R., notifíquese y vuelvan.

Ls J.C.F. MADRID

JUEZ DE CAMARA

LUIS A. RAFFAGHELLI

JUEZ DE CAMARA

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