Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 13 de Julio de 2017, expediente CAF 048255/2015/CA001

Fecha de Resolución13 de Julio de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación 48255/2015 SPG SRL c/ AFIP DG I- s/PROCESO DE CONOCIMIENTO Buenos Aires, 13 de julio de 2017.- SH Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que por la resolución del 16 de mayo de 2017, el señor juez de primera instancia declaró abstracta la causa, distribuyendo las costas en el orden causado, con fundamento en que con el dictado de la ley 27.260 se dispuso la condonación de las multas y demás sanciones correspondientes a obligaciones sustanciales devengadas al 31 de mayo de 2016, siempre que no se encontraren firmes a la fecha de entrada en vigencia de esa ley, circunstancias que se encentran cumplidas en la especie (cfr. fs. 92 y vta.)

  2. Que disconforme con lo así

    resuelto apela la parte actora a fs. 93, sustentando su recurso por el no replicado memorial de fs. 95/97.

    Considera que la decisión de primera instancia es ilegítima por cuanto no se ha pronunciado acerca de la solicitud de condonación de pleno derecho de la multa aquí discutida efectuada el 12 de agosto de 2016, cuando se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la ley 27.260. Por consiguiente, considera arbitrario que el juez haya declarado abstracta la cuestión, configurando de ese modo un estado de incertidumbre y de indefensión. Cita un fallo en el que la Sala I del fuero, en la causa “Credifacil SAMF c/DGI s/recurso directo, con fecha 22/12/2016, tuvo por condonada la multa aplicada en mérito de lo manifestado con carácter de declaración jurad por el representante de la firma y de lo expuesto por el Fisco Nacional en relación al acabado cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa.

  3. Que, cabe tener presente que de la compulsa del expediente surge que:

    1) el Fisco Nacional solicitó que se declare abstracta la cuestión, una vez acreditado por la actora el requisito previsto en el inciso e) del artículo 84 de la ley 27.260, haciendo saber que las áreas operativos del organismo recaudador informaron que “en lo Fecha de firma: 13/07/2017 Alta en sistema: 14/07/2017 Firmado por: J.E.A.C.M.G.S.G.F., #27418593#183558163#20170713113305748 Poder Judicial de la Nación 48255/2015 SPG SRL c/ AFIP DG I- s/PROCESO DE CONOCIMIENTO que se refiere al objeto de la demanda, la deuda fue ingresada en un paln de pagos G320403 del 9/05/2013, que se encuentra vigente, y por lo tanto se hallaría configurado el supuesto previsto en el cuarto párrafo, del art. 56, de la ley 27.260, toda vez que nos encontramos frente a una multa correspondiente a obligaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR