Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Diciembre de 2017, expediente Rl 121406

PresidentePettigiani-de Lázzari-Soria-Genoud
Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

S.C.R. Y OTRO C/ CONSTANTE NAZARENO MARTÍN Y OTRO S/ DESPIDO. RECURSO DE QUEJA.

La P., 6 de diciembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, el Tribunal de Trabajo n° 5 del Departamento Judicial de Quilmes rechazó el pedido de exención de cumplimiento de la carga económica prevista por el art. 56 de la ley 11.653 y, consecuentemente, denegó el recurso extraordinario impetrado por los codemandados (v. fs. 3/5).

    Tal pronunciamiento motivó la articulación de la presente queja (art. 292, CPCC; v. fs. 6/7 vta.).

  2. Al respecto, dable es señalar que el citado art. 292 establece que el referido canal revisor debe interponerse con las copias que indica su inciso primero y el art. 1 de la Acordada 1790.

    Sin embargo, en el caso se ha incumplido con lo allí dispuesto.

    En efecto, los apelantes han omitido acompañar, en oportunidad de articular la vía directa en tratamiento, copia íntegra del veredicto y la sentencia dictados en el expediente que denuncian, como así también, de los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley cuya denegatoria motivó la presentación de la presente queja, incumpliendo con ello la cargaut suprareferenciada e impuesta en el mencionado art. 292 (causas L. 118.100, "L.", resol. de 16-VII-2014; L. 118.774, "P.", resol. de 13-V-2015 y L. 120.116, "M.", resol. de...

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