Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL, 13 de Abril de 2018, expediente FRO 026337/2018/CA001
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL |
1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B P. /Def.. Rosario, 13 de abril de 2018.-
Visto, en Acuerdo de la Sala “B” el expte. nro. FRO 26337/2018/CA1 “LOGLEN, C.R. s/ Habeas Corpus” (originario del Juzgado Federal Nº 3 de Rosario, Secretaría B).
Y Considerando que:
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) Por resolución del dia de la fecha, el titular del Juzgado Federal n° 3 de Rosario, Dr. C.V.B., declaró la incompetencia territorial para intervenir en la acción de habeas corpus intentada por los Dres. M.H.D. y R.C.M., en favor de C.R.L., y remitió las actuaciones en consulta a esta Cámara para la revisión de la decisión (art. 10 ley 23.098).
Al resolver consideró determinante que, si bien el beneficiario de la acción se encuentra detenido a disposición del Juzgado a su cargo en relación a los autos “LOGLEN, C.R. y ots. s/ infracción ley 23.737”, expte. nro. FRO 29308/2014, los hechos que lo afectarían se estarían produciendo en el lugar en que se encuentra detenido, fuera de esta jurisdicción, frente a lo cual corresponde la intervención del juez con AL competencia en ese sitio, de acuerdo a lo establecido por el art. 8, inc. 2º, ley 23.098.
ICI Asimismo, en atención a la gravedad de los hechos OF denunciados, ordenó oficiar nuevamente al lugar de detención a fin de que se SO brinde al imputado la atención médica correspondiente de manera urgente.
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) Los solicitantes se presentan como defensores técnicos de C.R.L., detenido a disposición del Juzgado Federal Nº 3 en el marco de la causa nro. 29.308/2014, en la Unidad Penitenciaria de V.D., C.A.B.A. .
Narran que fueron con carácter urgente al penal a pedido de la familia del encartado, siendo que al concurrir a la visita este les Fecha de firma: 13/04/2018 Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: ANTE MI M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA #31679153#203672495#20180413134959127 habría mostrado un abceso al costado de su cara, comprobado por el Dr.
Mirenda personalmente. Agregan que sería un quiste o tumor pequeño que habría que extirpar y analizar y, en definitiva, tratar extra muros. Destacan que lo ven desmejorado, que habrían transcurrido tres meses sin que a la fecha su defendido haya recibido el tratamiento correspondiente. Solicitan que ello se cumpla con celeridad. De igual modo, expresan que vuelven a plantear una situación relacionada con las muletas que usaría L., solicitando que se le devuelvan las que...
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