Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 12 de Agosto de 2019, expediente COM 055321/1998/CA001

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITO DIRIGIDO S.A. c/

SANTILLAN MIGUEL ROMAN s/EJECUTIVO Expediente N° 55321/1998/CA1 Juzgado N° 18 Secretaría N° 35 Buenos Aires, 12 de agosto de 2019.

Y VISTOS:

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por el profesional beneficiario de la regulación apelada, se elevan a mil doscientos pesos ($ 1.200) los honorarios del letrado apoderado de la actora, Dr. B.A.W., regulados a fs.

362 (arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 40 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).

N. por Secretaría.

Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art.

4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.

Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf.

art. 109 RJN).

E.R.M.J.V.R.F.B. SECRETARIO DE CÁMARA En la misma fecha se registró la presente en el protocolo de sentencias del sistema informático Lex 100. Conste.

R.F.B.F. de firma: 12/08/2019 SECRETARIO DE CÁMARA Alta en sistema: 13/08/2019 SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITO DIRIGIDO S.A...

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