Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 24 de Noviembre de 2016, expediente CSS 000776/2011/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 EXPEDIENTE NRO: 776/2011 AUTOS: “SIRI RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Buenos Aires, VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto a fs. 115/125 contra la sentencia obrante a fs. 112/113 y CONSIDERANDO:

Que, en innumerables casos como en el sub examine, en los que el pronunciamiento de la sala se ajustó, en cuanto correspondía, a los lineamientos fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en diversos precedentes sobre determinación del haber inicial y posterior movilidad, publicados en Fallos 328:1602 y 2833 (“S.”), Fallos 329:

3089 y 330:4866 (“B.”), Fallos 332:1914 (“Elliff”), “M.” (registrado en M.427.XXXVI.RO) y “Quiroga” (registrado en Q. 68. XL

VI. R., este tribunal ha concedido recursos extraordinarios planteados en términos semejantes a los aquí expuestos de conformidad con el art.14 de la ley 48 por entender que se encontraba en juego la interpretación y alcances de un principio de rango constitucional (art.14 bis de la Constitución Nacional).

Que, no obstante ello, lo cierto es que el Tribunal Cimero ha desestimado sistemáticamente los remedios intentados con invocación del art. 280 del Código Procesal USO OFICIAL Civil y Comercial de la Nación, criterio reiterado, entre muchos otros, en los autos caratulados “Turrisi, J.D. c/ ANSeS s/...

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