Aviso Oficial Síntesis del Estatuto Social de la A.P.P.A.M.I.A. (asociación de Profesionales del Programa de Atención Médica Integral y Afines), Aprobado por Res. Nº 82/2007-mtess.

Fecha de la disposición18 de Abril de 2007
  1. El Consejo Directivo Nacional.

  2. El Secretariado.

  3. El Plenario Nacional de Secretarios Generales de Seccionales.

  4. La Comisión Revisora de Cuentas.

  5. Las Comisiones Ejecutivas Seccionales.

DE LAS ASAMBLEAS GENERALES DE DELEGADOS CONGRESALES.

ARTICULO 25º

La Asamblea General de Delegados Congresales es el organismo resolutivo supremo del Sindicato y en ella reside su soberanía. Las decisiones adoptadas por la misma conforme con estos Estatutos, sólo podrán ser revocadas por la decisión de otra Asamblea General de Delegados Congresales que tenga, por lo menos, un quórum igual al de aquella que la adoptó.

En caso de que una misma Asamblea decida revocar una resolución tomada por ella, la misma sólo podrá ser revocada contando con igual número de votos con que contara la mayoría que la adoptó.

ARTICULO 3º

El SMATA tendrá su zona de actuación en todo el territorio del país y su Sede central en la Avenida Belgrano N° 665 de la Capital Federal de la República Argentina.

ARTICULO 41º

El Consejo Directivo Nacional se compondrá de cincuenta y dos (52) miembros titulares, trece (13) Secretarios, que forman el Secretariado; nueve (9) Subsecretarios; quince (15) Vocales titulares y quince (15) Vocales suplentes.

ARTICULO 42º

El Secretariado estará compuesto por trece (13) miembros, con asignación de los siguientes cargos:

- Secretario General;

- Secretario General Adjunto;

- Secretario Gremial;

- Secretario de Organización;

- Secretario de Finanzas;

- Secretario de Acción Social;

- Secretario Administrativo;

- Secretario de Actas;

- Secretario de Prensa y Difusión;

- Secretario de Cultura y Capacitación;

- Secretario de Desarrollo Humano, Recreación, Turismo y Vivienda;

- Secretario de la Mujer y la Familia;

- Secretario del Interior.

El Secretariado se reunirá ordinariamente una (1) vez por semana o extraordinariamente cuando lo proponga el Secretario General o lo soliciten por escrito, con motivo fundado, por lo menos ocho (8) de sus miembros. Tendrá quórum con ocho (8) de sus miembros y sus acuerdos y resoluciones serán tomadas por la mayoría de los presentes. En caso de empate, el Secretario General tendrá doble voto.

ARTICULO 46º

Los miembros del Consejo Directivo Nacional durarán cuatro (4) años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelectos. El setenta y cinco por ciento (75%) de los cargos del Consejo Directivo Nacional deberán ser desempeñados por ciudadanos argentinos. El Secretario General, el Secretario General Adjunto y el Secretario de Organización deberán ser ciudadanos argentinos.

  1. NUMERO DE AFILIADOS AL TIEMPO DE LA APROBACION DEL ESTATUTO:

SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ONCE (66.811).MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento, Estructura Sindical.

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA UNION DOCENTES ARGENTINOS (U.D.A.), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 148/07.

ARTICULO 1º

Con el nombre de UNION DOCENTES ARGENTINOS (U.D.A), se denomina la asociación sindical, fundada el quince de febrero de mil novecientos setenta y tres, que agrupa y representa a: 1) los trabajadores docentes que se desempeñen o presten funciones en un establecimiento educacional cualquiera sea la naturaleza jurídica de su designación o contratación; 2) los jubilados de todos los niveles que al momento de su retiro estuvieren afiliados a U.D.A. y se encuentran laborando en las tareas incluidas en el inciso anterior; 3) los trabajadores docentes que cumplan suplencias mientras dure su ejercicio y hasta SEIS (6) meses después de concluida la suplencia.

ARTICULO 2º

La UNION tendrá su domicilio en la ciudad de Buenos Aires.

ARTICULO 3º

La entidad tiene por objetivos y fines:

  1. Reunir en su seno a los trabajadores docentes activos y jubilados de establecimientos educativos de todas las ramas y niveles y a los aspirantes en el orden de mérito para el ingreso a la docencia.

  2. Afianzar la solidaridad entre los afiliados mediante el desarrollo del espíritu gremial.

  3. Velar por las relaciones y armonía entre los empleadores y los trabajadores amparados en su seno en la conquista de mejoras de toda índole.

  4. Participar en encuentros, asambleas o congresos de orden nacional e internacional, cuando en estos se debatan problemas que interesen al ámbito educativo.

  5. Representar y defender los intereses individuales y colectivos del personal agrupado ante los organismos estatales, mixtos y privados Nacionales, Provinciales y Municipales e Internacionales, de índole educacional, laboral o cultural; ante los empleadores; ante los Tribunales Judiciales y en todas las delegaciones, actividades, comisiones, instituciones en que deban estar representados así como también en la negociación colectiva.

  6. Promover una organización de servicios destinada al personal representado, teniendo como objetivos concretar obras en beneficio social, económico y cultural de los mismos, en las áreas de salud, vivienda, turismo, estudios, capacitación, alimentación, etc. Mediante la creación y/o adhesión a mutuales, cooperativas, banco sindical, etc.

  7. A solicitud de parte peticionar, en su nombre y representar los intereses individuales de los afiliados.

  8. Promover el estudio y la investigación de los distintos aspectos de la problemática educativa y cuestiones conexas a fin de presentar planes y ponencias ante los distintos organismos competentes para mejor desarrollo de la...

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