Aviso Oficial Síntesis del Estatuto Social de la Federación de Asociaciones Sindicales y Uniones de Trabajadores Municipales de la Prov.de Santiago del Estero (f.A.S.U.T.M.P.S.E.) Aprob. por Res. Nº 56/2007-mtess.

Fecha de la disposición19 de Marzo de 2007

I) En caso de ausencia temporal del Secretario General y adjunto remplazará al mismo con las atribuciones conferidas en el presente estatuto;

  1. Entenderá en todo lo relacionado con la confección de las actas de reuniones del Secretariado y Consejo Directivo Nacional. Deberá hacer firmar a los asistentes de reuniones del Consejo Directivo Nacional y Secretariado, al margen del libro cada acta, las que deberán ser puestas a consideración en la reunión siguiente;

  2. Llevar un registro con todas las actuaciones legales de la organización y de sus afiliados, debiendo coordinar con el cuerpo de asesores letrados las tareas inherentes a sus funciones.

    ñ) Recopilar todos los datos estadísticos, leyes, decretos, resoluciones de interés gremial y laboral a los fines de información y buen funcionamiento de la organización;

  3. Procurar que se utilicen los servicios sociales a que se refieren los incisos c), d) y e) del artículo 3º fomentando la práctica del ahorro y seguro, propendiendo a la creación del banco sindical de los trabajadores estatales organizados;

  4. Llevará un registro de las obras sociales de las Seccionales y Consejos Directivos a los efectos de procurar mantener entre las mismas la solidaridad y el intercambio de servicios;

  5. Tendrá a su cargo el control de los hoteles y campo de deportes.

    4) SECRETARIO GREMIAL: El secretario gremial tiene por función:

  6. Asegurar el logro de los objetivos a que se refiere el inc. b) del art. 3º;

  7. Emitirá las circulares convocando a Plenarios de Delegados;

  8. Ser receptor y ejecutor de los deberes establecidos en los incisos f) del articulo 28º en lo que se refiere a su secretaria, debiendo programar las giras a realizar;

  9. Firmar con el Secretario General y Administrativo las notas y circulares que hagan a su labor;

  10. Presidir todas las comisiones que designe el Consejo Directivo Nacional y recopilar sus informes a los fines pertinentes, colaborando en la confección de la memoria en lo inherente al aspecto gremial;

  11. Colaborará en la elaboración de los proyectos de convenios colectivos de trabajo, así como también participará del trabajo de la comisión negociadora y los órganos paritarios que se conformen.

    5) SECRETARIO DE ORGANIZACION: El Secretario de Organización tiene a su cargo:

  12. Controlar el cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente estatuto por parte de las Seccionales, Consejos Directivos Provinciales y de la Nº 31.118 53Lunes 19 de marzo de 2007

    F.) Intervenir a pedido de las respectivas organizaciones en trámites y gestiones que se consideren justas y razonables.

    G.) Propiciar ante los poderes Públicos, la adopción de medidas uniformes y de carácter integral sobre previsión Social, Seguridad y salubridad para los Obreros, Empleados y Docentes Municipales de la Provincia.

    H.) Promover la constitución de Instituciones de asistencia Social, mutuales, proveedurías, farmacias gremiales y cajas de préstamos, hoteles, colonia de vacaciones como de recreaciones y juegos infantiles, escuelas de capacitación general, implantar y convenir todo tipo de seguros sociales, fomentar el turismo social y la práctica del deporte, gestionar la construcción de viviendas dignas y económicas con destino a los Obreros, Empleados y Docentes Municipales, mediante la ampliación de los planes oficiales que más avengan a dichas finalidades.

    I.) Proyectar y propender hacia el logro de la mejor instrucción general y profesional de los afiliados, propiciar la realización de cursos sobre temas con la Administración Municipal y Sindical a fin de que se mantengan y acrecienten entre...

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