Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 24 de Noviembre de 2008, expediente 55.619

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2008

INCIDENTE DE NULIDAD INTERPUESTO POR LA DEFENSA DE SIL VlNA ALEJANDRA CALOT EN

C.B.L.A. Y OTROS S/ASOCIACIÓNILÍCITA. J.N.P.T. W 1. SALA "B"W 55.619

FO 248. ORDEN N° 20.568.

I.A.,Z~ de noviembre de 2008.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 15/16 por la defensa de S.A.C., contra la resolución de fs. 10/13, por la cual el tribunal de la instancia anterior rechazó el planteo de nulidad efectuado por la defensa de la nombrada por el escrito de fs. 1/5.

Los memoriales de fs. 25/26, 65/68 vta. por los cuales la defensa de ......

S.A.C. infonnó en los términos previstos por el art. 454 del C.P.P.N.

El memorial de fs. 69/71, por el cual la querella infom1ó en los térnlinos previstos por el art. 454 del C.P.P.N.

y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por el escrito de fs. 15/16, la defensa de S.A.C. apeló la resolución de fs. 10/13 por la cual el tribunal de la instancia anterior rechazó el planteo de nulidad efectuado a fs. 1/5, por considerar que el juzgado "a quo" habría actuado fuera del horario judicial sin la debida habilitación de horas inhábiles y porque " se indica que "...no se llevó a cabo un allanamiento ... " sino que se realizó " una orden de presentación ... "...en puntp ~ fJ,¡tacuestión ...corresponde decir que este defensor no ha encontrado en el códtjfo adjetivo el instituto de la "presentación" o la "orden de presentación ", la que de haber existido no hubiere requerido la retención del documento de la escribana en la sede del tribunal y el acompañamiento del personal policial de la misma a sus oficinas. Así ... si ese tipo de orden no existe en el anhrnamiento jurídico, cabe preguntarse si ese ingreso a la escribanía no constituyó una violación de domicilio, figura que podría concurrir co1iel abuso de poder enforma real ... n.

  2. ) Que, el tribunal de la instancia anterior notificó el18 de abtil de 2006 a las 14.05 horas a S.A.C. la audiencia qUe debía realizarse el día 19 de abril de 2006 a las 10.00 horas (confr. fs. 4~t~7 los de autos principales).

    El19 de abril de 2006 se presentó ante los estrados del tribUnal "a quo" quien sería designado como abogado defensor de S.A.C. y solicitó la postergación de la audiencia fijada (confr. fs. 4'~~).

    El mismo 19 de abril de 2006 el juzgado "a quo dispustl Ht1 hacer JJ

    lugar a la postergación de la audiencia que fue solicitada por la defensa de CALOT (confr. fs. 4754).

    Finalmente, también el 19 de abril de 2006, se recibieron dos declaraciones indagatorias a S.A. andra CALOT (confr. fs. 4801/4810 Y

    4815/4817).

  3. ) Que, al finalizar la declaración de fs. 4807/4810, se le hizo saber a S.A.C. que se suspendía el mismo porque se había dispuesto el allanamiento de la escribanía de la nombrada a fin de settt~sttar la escritura 423 folio 1272 del 18/06/04 del Registro N° 820 de la esctibnhÍa de aquélla, circunstancia que no era totalmente cierta, conforme se expresará a continuación.

    A fs. 4811/4812 el juzgado "a quo" libró una "orden de presentación respecto de la escribanía sita en Viamonte 1422 5° de esta ciudad,

    ...a fin de que se le haga entrega de: el original de la actuación notarial identificada como "Folio 1272 -Primera copia- Poder Especial. C.S.A. a favor del D.C.L.D.-E.H...

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