Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 19 de Junio de 2018, expediente CAF 057221/2015/CA001 - CS001

Fecha de Resolución19 de Junio de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. 57221/2015 - SILVA, P.A. Y OTROS c/

EN - M SEGURIDAD - GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, 19 de junio de 2018.- MLF Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Que la parte actora solicita a fs. 143/vta. la formación del incidente de ejecución de sentencia, con fundamento en lo dispuesto por el art. 258 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y, en el caso, concurren los requisitos establecidos en el citado artículo pues existen dos pronunciamientos coincidentes respecto del crédito reclamado en razón del Decreto nro. 1307/12 y siguientes (cfr. fs. 80/83 y 111).

En virtud de ello, SE

RESUELVE:

hacer lugar al pedido de ejecución de sentencia en los términos del art. 258 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; previa caución juratoria.

R. y notifíquese a las partes.

Prestada la caución dispuesta, facilítense en préstamo las actuaciones en horario de atención al público, a fin de extraer las copias necesarias (demanda, contestación, sentencia de primera instancia, fallo de alzada, de concesión del recurso extraordinario y constancia de la caución juratoria prestada) y, acompañadas que sean, certifíquelas la Sra.

Actuaria, fórmese...

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