Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 19 de Agosto de 2016, expediente CNT 012812/2007

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 12.812/2007 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 49433 CAUSA Nº 12.812/2007 -SALA

VII- JUZGADO Nº 19 En la ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de agosto de 2.016, para dictar sentencia en estos autos: “SILVA, G.C. C/ SOUTH AMERICA TRADING LEADER S.A. y otros S/ despido”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

I- A fs. 4/11 el actor inicia la acción contra South America Trading Leader S.A. y las personas físicas que demanda conforme liquidación que practica. Argumenta que ingresó

a trabajar bajo relación de dependencia de la S.A. en el mes de febrero de 2001, habiendo sido registrado el 10 de marzo de 2003. Precisa que su categoría laboral era la de trinchador de cueros, de acuerdo a lo que surge del CCT 142/75. Denuncia que su jornada laboral se extendía de lunes a viernes de 7 a 18 hs. como mínimo, pues siempre era mayor, y los sábados de 7 a 14 hs, que habitualmente se prolongaba hasta las 17 hs. Indica que la mejor remuneración devengada era de $ 1.958. Relata que el 31 de mayo de 2006, ante negativa de trabajo remitió a su empleadora un telegrama, conforme el cual la intimaba por un plazo de 24 hs. a aclarar la situación laboral, pese a lo cual concurrió los días subsiguientes a tomar servicios, aunque siempre se le impedía el ingreso y que fue recién el 5 de junio de 2006 en que la demandada respondió ratificando despido y justa causa invocada, el que fue rechazado por falso, malicioso e improcedente. Explica que fue encuadrado en la categoría “A” cuando correspondía la “C”, por lo que considera que posee un crédito laboral a su favor de $ 150. Funda la citación de las personas físicas en los arts. 54 y 274 de la Ley 19.554.

Por ello y demás consideraciones que expone, solicita se haga lugar a la demanda, con costas.

II- A fs. 185 se presenta South America Trading Leader S.A. Por imperativo procesal niega todos y cada uno de los hechos expuestos en la demanda. Reconoce la relación laboral, pero aclara que la real fecha de ingreso tuvo lugar el 10 de marzo de 2003 como operario de tareas generales, la que cumplía de lunes a viernes de 7 a 12 y de 13 a 17 hs. Por lo tanto, desconoce la realización de horas extras. Explica que el actor fue suspendido dos veces ante ausencias injustificadas, por lo que el 31 de mayo de 2006, lo despidió mediante carta documento por abandono de trabajo. Por ello y demás consideraciones, solicita el rechazo de la acción, con costas.

A fs. 471 contesta demanda P.F.C. y opone excepción de falta de legitimación pasiva. Manifiesta ser socio director de la empleadora y solicita el rechazo de la acción, con costas.

A fs. 80 se presenta A.F.. También opone excepción de falta de legitimación pasiva y afirma ser solamente un asesor técnico externo de la empresa demandada. Pide se rechace la demanda, con costas a cargo de la actora.

Fecha de firma: 19/08/2016 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #20613985#156132490#20160819105051658 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 12.812/2007 A fs. 471 contesta la acción R.C.F.. También opone excepción de falta de legitimación pasiva y manifiesta ser socio director de la empleadora.

Pide costas a la accionante.

II- A fs. 1286/1295 obra la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, condenando a South America Trading Leader S.A. y A.F., rechazándola contra los demás codemandados.

III- A fs. 1300/1302 vta. South America...

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