Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL, 27 de Noviembre de 2019, expediente FCR 001553/2018/12

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 1553/2018/12/CA2

S.B., MIGUEL

EMANUEL Y OTROS s/LEGAJO

DE APELACION

-RESOLUCION-

-J.F.R. GRANDE-

modoro R., 26 noviembre de 2019.

VISTA:

La constitución del tribunal con el fin de fallar el expte. nº

FCR 1553/2018/12/CA2, caratulado “Legajo de apelación de S.B., Miguel

Emanuel; TOLOZA, G.I.; y GONZÁLEZ, Y.A. en autos SILVA

BAZÁN, M.E.T., G.I.; y GONZÁLEZ, Y.A. por

inf. ley 23.737”, en trámite ante el Juzgado Federal de 1ª Instancia de Río Grande, al haberse

diferido en la audiencia celebrada el 13/4/18, la resolución referida a las situaciones

procesales de M.E.S.B., G.I.T. y Y.A.

G., según lo autorizado por el art. 455, párrafo 2°, del C.P.N.,

Y CONSIDERANDO:

I.– 1ª instancia.

A fs. 254/261 vta. el juez federal subrogante dictó los

procesamientos de M.E.S.B., G.I.T., G.A.

  1. y Y.A.G., con prisión preventiva para los 2 primeros por ser

    autores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y sin esa

    medida de coerción para los 2 últimos por ser partícipes secundarios en el mismo ilícito (arts.

    45 y 46, C. y 5, inc. c, ley 23.737), y el embargo de los bienes de S.B. y T. por

    las sumas de 45 unidades fijas –$ 112.500 al 5/3/18– y de D. y G. por las

    sumas de 22,5 unidades fijas –$ 56.250 al 5/3/18– (arts. 306, 308, 310, 312, 316, 319 y 518,

    párrafo 1º, C.P.N.; ley 27.302; y res. Min.Seg. 145–E/2017), decisiones que los defensores

    de confianza del nombrado en primer término y el defensor oficial de G.I.T. y

    Y.A.G. apelaron a fs. 282/304 y 305/316 vta., concediéndose los

    recursos a fs. 320.

    II.– 2ª instancia.

    En esta instancia, a fs. 334, se celebró de manera

    presencial y por videoconferencia la audiencia establecida en el art. 454 del C.P.N.,

    compareciendo aquí el fiscal general interino y el defensor oficial ante esta cámara de

    apelaciones, en representación éste de T. y G., haciendo lo propio desde Río

    Grande, Pcia. de la Tierra del Fuego, los defensores de confianza de S.B., ocasión en

    la que asumieron las posiciones reflejadas en la grabación del audio registrado ese día.

    Quedó así la causa en condiciones de ser resuelta, para lo

    cual dejamos constancia que el 12/9/19 se decidió la incidencia de nulidad que tramita en

    grado de apelación bajo el nº FCR 1553/2018/10/CA3, caratulada “Incidente de nulidad de

    S.B., M.E.D., G.A.; TOLOZA, Gerardo

    Javier; y GONZÁLEZ, Y.A. en autos S.B., M.E.;

    Fecha de firma: 27/11/2019

    Alta en sistema: 23/12/2019

    Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 1553/2018/12/CA2

    S.B., MIGUEL

    EMANUEL Y OTROS s/LEGAJO

    DE APELACION

    -RESOLUCION-

    -J.F.R. GRANDE-

    DOMINGUEZ, G.A.; TOLOZA, G.J.; y otro por inf. ley 23.737”,

    confirmándose el rechazo de 1ª instancia de la nulidad del procedimiento policial

    implementado el 17/2/18 en la vía pública de Río Grande, Pcia. de la Tierra del Fuego, que

    culminó con requisas personales y vehiculares y el secuestro de sustancias estupefacientes,

    opuesta por la defensa oficial de G.I.T. y Y.A.G..

    III.– Cuadro fáctico.

    1. Se atribuye a G.I.T. (29), Yamila

      Alejandra G. (26), M.E.S.B. (28) y G.A.D.

      (31), la detentación en forma repartida de sustancias estupefacientes para su ulterior

      enajenación pasadas las 05.00 hs. del 17/2/18 –86,11 gr. de cannabis sativa y 79,32 gr. de

      clorhidrato de cocaína–, en ocasión de hallarse los nombrados en la vía pública de Río

      Grande, Pcia. de la Tierra del Fuego, en los vehículos Fiat Uno rojo con vidrios polarizados

      dominio HSD 000 y VW Vento gris oscuro dominio FQE 380 estacionados a ambos lados de

      la calle G.. A., entre D.A.I. y Aeroposta Argentina, frente a las

      numeraciones 631 y 642 o 658, de dicha ciudad, y de mantener D. parte del material

      vegetal prohibido en su domicilio de la calle G.H. n° 3155, edificio 7, piso 2°,

      dpto. “B”, de Río Grande.

    2. Se trata éste del caso en que personal de la Cría. 3ª de

      Río Grande de la Policía de la Pcia. de la Tierra del Fuego de patrullaje preventivo vestido de

      civil y a bordo de un móvil particular en virtud “de los hechos delictivos contra la propiedad

      privada que se vienen suscitando en los últimos tiempos a la fecha”, reparó aquel 17/2/18,

      pasadas las 05.00 hs., en la presencia de 2 individuos del sexo masculino, que resultaron ser

      S.B. y D., parados próximos al Fiat Uno estacionado sobre el cordón

      izquierdo de la calle G.. A. antes de su intersección con la calle D.A.I., a la

      altura de la numeración catastral 631, en momentos en que el primero se aproximó a la

      ventanilla del conductor, permaneciendo el otro sujeto parado a metros del auto en

      observancia hacia todos lados, en claro intento de percibir los movimientos de los

      alrededores.

      A la espera de ver que es lo que hacían, ya que el Fiat

      Uno aparentaba estar apagado y sin ocupantes, los policías permanecieron detenidos sobre la

      mano contraria de la calle G.. A., a la altura de una garita de colectivos emplazada

      donde se interseca con la calle A.I., pudiendo advertir desde allí la presencia de una

      persona en el interior del rodado, en el asiento del acompañante –Y.A.

      G.–, y suponer la estada de otra en calidad de conductor –G.I.T.–, dado

      que el sujeto que se había acercado a la ventanilla de ese lado, en un momento se inclinó e

      Fecha de firma: 27/11/2019

      Alta en sistema: 23/12/2019

      Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA

      Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA

      Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 1553/2018/12/CA2

      S.B., MIGUEL

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      -J.F.R. GRANDE-

      introdujo sus manos en el Fiat, realizando movimientos compatibles con los que sería un

      intercambio de efectos –“pasamanos”–.

      Detectada por las autoridades del orden vestidas de civil

      la presencia del móvil policial interno 423 (identificable) circulando por la calle Dr. Arturo

      Illia y L.R., solicitaron vía radial a sus ocupantes la identificación de los sujetos que

      estaban en el exterior del Fiat “Uno”, los que a ese momento habían comenzado a caminar

      cruzando a la vereda par de la calle G.. A., en dirección a Aeroposta Argentina,

      donde permanecía estacionado el VW Vento gris oscuro dominio FQE 380, frente al kiosco

      MAC

      , a la altura de lo que sería la numeración 658 de G.. A., siendo que al

      proceder con el cometido los agentes del móvil policial, ambos sujetos habían abordado el

      VW Vento, haciéndolo S.B. en la conducción del rodado y D. como

      acompañante.

      El desenlace de los acontecimientos se dio con las

      medidas de coerción procesal implementadas en la oportunidad por los policías que cumplían

      tareas de prevención en el coche particular y en el móvil 423.

      Así, la requisa en el lugar del VW Vento arrojó el

      hallazgo de 5 envoltorios tipo “bochas” con 50,95, 1,95, 2,55, 4,36 y 4,52 gr. de sustancia

      polvorienta blanca –64,33 gr. en total–, correspondiente a analgésicos, bicarbonatos, azúcares

      reductores y 9,466, 0,355, 1,035, 1,709 y 1,044 gr. de clorhidrato de cocaína –13,609 gr. en

      total, al presentar 18,58, 35,51, 40,06, 39,21 y 23,1% de pureza (M30 a M34)–, y de 3

      envoltorios tipo “bochas” y un frasco de vidrio conteniendo 7,7, 9,03, 18,60 y 20,42 gr. de

      material vegetal correspondiente a plantas de cannabis sativa –55,75 gr. en total–, en las que

      se comprobó la presencia de los THC en porcentajes de 4,50, 4,10 y 5,89% (M28 y M35 a

      M37).

      La requisa en el lugar del Fiat Uno arrojó el hallazgo de 4

      envoltorios con 1,21, 10,40, 0,53 y 0,36 de sustancia polvorienta blanca –12,50 gr. en total–,

      correspondiente a analgésicos, bicarbonatos, azúcares reductores y 0,36, 2,41, 0,11 y 0,15 gr.

      de clorhidrato de cocaína –3,03 gr. en total, al presentar 29,7, 23,2, 21,01 y 42,17% de

      pureza (M5 a M8)–; de 3 envoltorios conteniendo 0,78, vestigios y 0,67 gr. de material

      vegetal correspondiente a plantas de cannabis sativa –1,45 gr. en total–, en las que se

      comprobó la presencia de los THC en porcentajes de 6,73 y 3,81% (M9 a M11); de una

      balanza digital con 2 pilas AAA y restos de polvo blanco correspondiente a cocaína (M18);

      recortes varios de nylon; un triturador metálico con vestigios de material vegetal

      correspondiente a cannabis sativa (M19); de 2 pipas artesanales con vestigios de material

      vegetal y polvo blanco correspondiente a cocaína (M20 y M21); de 2 bolsas de nylon que

      Fecha de firma: 27/11/2019

      Alta en sistema: 23/12/2019

      Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA

      Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA

      Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 1553/2018/12/CA2

      S.B., MIGUEL

      EMANUEL Y OTROS s/LEGAJO

      DE APELACION

      -RESOLUCION-

      -J.F.R. GRANDE-

      rezan “Bicarbonato de Sodio” con 47,83 y 9,78 gr. de sustancia polvorienta blanca (M22 y

      M23); una munición suelta cal. 22; y de un revólver cal. 22 corto marca “Balila Ítalo Gra”

      con tambor de 7 alvéolos y sin bala alguna.

      La requisa personal de M.E.S.B.

      practicada en la Cría. 3ª de Río Grande arrojó el hallazgo de 5 envoltorios con polvo blanco

      que pesaron 0,50, 0,45, 0,44, 0,44 y 0,66 gr. de sustancia polvorienta blanca –total 2,49 gr.–,

      correspondiente a analgésicos, bicarbonatos, azúcares reductores y 0,3644, 0,1598, 0,1784,

      0,2128 y 0,7549 gr. de clorhidrato de cocaína –1,67 gr. en total, al presentar 36,44, 15,98,

      17,48, 21,28 y 75,49% de pureza (M12 a M16)–; de un aparato de telefonía celular blanco

      marca “Sony” y $ 11.194.

      La requisa personal de G.A.D.

      practicada en la Cría. 3ª de Río Grande arrojó el hallazgo de un aparato de telefonía celular

      blanco marca “Samsung”.

      El allanamiento y registro del domicilio de Gerardo

      Agustín D. sito en la calle G.H. n° 3155, Edificio 7, Piso...

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