Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL, 27 de Noviembre de 2019, expediente FCR 001553/2018/12
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 1553/2018/12/CA2
S.B., MIGUEL
EMANUEL Y OTROS s/LEGAJO
DE APELACION
-RESOLUCION-
-J.F.R. GRANDE-
modoro R., 26 noviembre de 2019.
VISTA:
La constitución del tribunal con el fin de fallar el expte. nº
FCR 1553/2018/12/CA2, caratulado “Legajo de apelación de S.B., Miguel
Emanuel; TOLOZA, G.I.; y GONZÁLEZ, Y.A. en autos SILVA
BAZÁN, M.E.T., G.I.; y GONZÁLEZ, Y.A. por
inf. ley 23.737”, en trámite ante el Juzgado Federal de 1ª Instancia de Río Grande, al haberse
diferido en la audiencia celebrada el 13/4/18, la resolución referida a las situaciones
procesales de M.E.S.B., G.I.T. y Y.A.
G., según lo autorizado por el art. 455, párrafo 2°, del C.P.N.,
Y CONSIDERANDO:
I.– 1ª instancia.
A fs. 254/261 vta. el juez federal subrogante dictó los
procesamientos de M.E.S.B., G.I.T., G.A.
-
y Y.A.G., con prisión preventiva para los 2 primeros por ser
autores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y sin esa
medida de coerción para los 2 últimos por ser partícipes secundarios en el mismo ilícito (arts.
45 y 46, C. y 5, inc. c, ley 23.737), y el embargo de los bienes de S.B. y T. por
las sumas de 45 unidades fijas –$ 112.500 al 5/3/18– y de D. y G. por las
sumas de 22,5 unidades fijas –$ 56.250 al 5/3/18– (arts. 306, 308, 310, 312, 316, 319 y 518,
párrafo 1º, C.P.N.; ley 27.302; y res. Min.Seg. 145–E/2017), decisiones que los defensores
de confianza del nombrado en primer término y el defensor oficial de G.I.T. y
Y.A.G. apelaron a fs. 282/304 y 305/316 vta., concediéndose los
recursos a fs. 320.
II.– 2ª instancia.
En esta instancia, a fs. 334, se celebró de manera
presencial y por videoconferencia la audiencia establecida en el art. 454 del C.P.N.,
compareciendo aquí el fiscal general interino y el defensor oficial ante esta cámara de
apelaciones, en representación éste de T. y G., haciendo lo propio desde Río
Grande, Pcia. de la Tierra del Fuego, los defensores de confianza de S.B., ocasión en
la que asumieron las posiciones reflejadas en la grabación del audio registrado ese día.
Quedó así la causa en condiciones de ser resuelta, para lo
cual dejamos constancia que el 12/9/19 se decidió la incidencia de nulidad que tramita en
grado de apelación bajo el nº FCR 1553/2018/10/CA3, caratulada “Incidente de nulidad de
S.B., M.E.D., G.A.; TOLOZA, Gerardo
Javier; y GONZÁLEZ, Y.A. en autos S.B., M.E.;
Fecha de firma: 27/11/2019
Alta en sistema: 23/12/2019
Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA
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DOMINGUEZ, G.A.; TOLOZA, G.J.; y otro por inf. ley 23.737”,
confirmándose el rechazo de 1ª instancia de la nulidad del procedimiento policial
implementado el 17/2/18 en la vía pública de Río Grande, Pcia. de la Tierra del Fuego, que
culminó con requisas personales y vehiculares y el secuestro de sustancias estupefacientes,
opuesta por la defensa oficial de G.I.T. y Y.A.G..
III.– Cuadro fáctico.
-
Se atribuye a G.I.T. (29), Yamila
Alejandra G. (26), M.E.S.B. (28) y G.A.D.
(31), la detentación en forma repartida de sustancias estupefacientes para su ulterior
enajenación pasadas las 05.00 hs. del 17/2/18 –86,11 gr. de cannabis sativa y 79,32 gr. de
clorhidrato de cocaína–, en ocasión de hallarse los nombrados en la vía pública de Río
Grande, Pcia. de la Tierra del Fuego, en los vehículos Fiat Uno rojo con vidrios polarizados
dominio HSD 000 y VW Vento gris oscuro dominio FQE 380 estacionados a ambos lados de
la calle G.. A., entre D.A.I. y Aeroposta Argentina, frente a las
numeraciones 631 y 642 o 658, de dicha ciudad, y de mantener D. parte del material
vegetal prohibido en su domicilio de la calle G.H. n° 3155, edificio 7, piso 2°,
dpto. “B”, de Río Grande.
-
Se trata éste del caso en que personal de la Cría. 3ª de
Río Grande de la Policía de la Pcia. de la Tierra del Fuego de patrullaje preventivo vestido de
civil y a bordo de un móvil particular en virtud “de los hechos delictivos contra la propiedad
privada que se vienen suscitando en los últimos tiempos a la fecha”, reparó aquel 17/2/18,
pasadas las 05.00 hs., en la presencia de 2 individuos del sexo masculino, que resultaron ser
S.B. y D., parados próximos al Fiat Uno estacionado sobre el cordón
izquierdo de la calle G.. A. antes de su intersección con la calle D.A.I., a la
altura de la numeración catastral 631, en momentos en que el primero se aproximó a la
ventanilla del conductor, permaneciendo el otro sujeto parado a metros del auto en
observancia hacia todos lados, en claro intento de percibir los movimientos de los
alrededores.
A la espera de ver que es lo que hacían, ya que el Fiat
Uno aparentaba estar apagado y sin ocupantes, los policías permanecieron detenidos sobre la
mano contraria de la calle G.. A., a la altura de una garita de colectivos emplazada
donde se interseca con la calle A.I., pudiendo advertir desde allí la presencia de una
persona en el interior del rodado, en el asiento del acompañante –Y.A.
G.–, y suponer la estada de otra en calidad de conductor –G.I.T.–, dado
que el sujeto que se había acercado a la ventanilla de ese lado, en un momento se inclinó e
Fecha de firma: 27/11/2019
Alta en sistema: 23/12/2019
Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA
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introdujo sus manos en el Fiat, realizando movimientos compatibles con los que sería un
intercambio de efectos –“pasamanos”–.
Detectada por las autoridades del orden vestidas de civil
la presencia del móvil policial interno 423 (identificable) circulando por la calle Dr. Arturo
Illia y L.R., solicitaron vía radial a sus ocupantes la identificación de los sujetos que
estaban en el exterior del Fiat “Uno”, los que a ese momento habían comenzado a caminar
cruzando a la vereda par de la calle G.. A., en dirección a Aeroposta Argentina,
donde permanecía estacionado el VW Vento gris oscuro dominio FQE 380, frente al kiosco
MAC
, a la altura de lo que sería la numeración 658 de G.. A., siendo que al
proceder con el cometido los agentes del móvil policial, ambos sujetos habían abordado el
VW Vento, haciéndolo S.B. en la conducción del rodado y D. como
acompañante.
El desenlace de los acontecimientos se dio con las
medidas de coerción procesal implementadas en la oportunidad por los policías que cumplían
tareas de prevención en el coche particular y en el móvil 423.
Así, la requisa en el lugar del VW Vento arrojó el
hallazgo de 5 envoltorios tipo “bochas” con 50,95, 1,95, 2,55, 4,36 y 4,52 gr. de sustancia
polvorienta blanca –64,33 gr. en total–, correspondiente a analgésicos, bicarbonatos, azúcares
reductores y 9,466, 0,355, 1,035, 1,709 y 1,044 gr. de clorhidrato de cocaína –13,609 gr. en
total, al presentar 18,58, 35,51, 40,06, 39,21 y 23,1% de pureza (M30 a M34)–, y de 3
envoltorios tipo “bochas” y un frasco de vidrio conteniendo 7,7, 9,03, 18,60 y 20,42 gr. de
material vegetal correspondiente a plantas de cannabis sativa –55,75 gr. en total–, en las que
se comprobó la presencia de los THC en porcentajes de 4,50, 4,10 y 5,89% (M28 y M35 a
M37).
La requisa en el lugar del Fiat Uno arrojó el hallazgo de 4
envoltorios con 1,21, 10,40, 0,53 y 0,36 de sustancia polvorienta blanca –12,50 gr. en total–,
correspondiente a analgésicos, bicarbonatos, azúcares reductores y 0,36, 2,41, 0,11 y 0,15 gr.
de clorhidrato de cocaína –3,03 gr. en total, al presentar 29,7, 23,2, 21,01 y 42,17% de
pureza (M5 a M8)–; de 3 envoltorios conteniendo 0,78, vestigios y 0,67 gr. de material
vegetal correspondiente a plantas de cannabis sativa –1,45 gr. en total–, en las que se
comprobó la presencia de los THC en porcentajes de 6,73 y 3,81% (M9 a M11); de una
balanza digital con 2 pilas AAA y restos de polvo blanco correspondiente a cocaína (M18);
recortes varios de nylon; un triturador metálico con vestigios de material vegetal
correspondiente a cannabis sativa (M19); de 2 pipas artesanales con vestigios de material
vegetal y polvo blanco correspondiente a cocaína (M20 y M21); de 2 bolsas de nylon que
Fecha de firma: 27/11/2019
Alta en sistema: 23/12/2019
Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 1553/2018/12/CA2
S.B., MIGUEL
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rezan “Bicarbonato de Sodio” con 47,83 y 9,78 gr. de sustancia polvorienta blanca (M22 y
M23); una munición suelta cal. 22; y de un revólver cal. 22 corto marca “Balila Ítalo Gra”
con tambor de 7 alvéolos y sin bala alguna.
La requisa personal de M.E.S.B.
practicada en la Cría. 3ª de Río Grande arrojó el hallazgo de 5 envoltorios con polvo blanco
que pesaron 0,50, 0,45, 0,44, 0,44 y 0,66 gr. de sustancia polvorienta blanca –total 2,49 gr.–,
correspondiente a analgésicos, bicarbonatos, azúcares reductores y 0,3644, 0,1598, 0,1784,
0,2128 y 0,7549 gr. de clorhidrato de cocaína –1,67 gr. en total, al presentar 36,44, 15,98,
17,48, 21,28 y 75,49% de pureza (M12 a M16)–; de un aparato de telefonía celular blanco
marca “Sony” y $ 11.194.
La requisa personal de G.A.D.
practicada en la Cría. 3ª de Río Grande arrojó el hallazgo de un aparato de telefonía celular
blanco marca “Samsung”.
El allanamiento y registro del domicilio de Gerardo
Agustín D. sito en la calle G.H. n° 3155, Edificio 7, Piso...
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