Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 14 de Diciembre de 2016, expediente CSS 012309/2013/CA001

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 SERRADOR ALBA TERESA c/ CAJA DE RETIROS JUB Y PENS DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG J.F.S.S. Nº3 Sentencia Interlocutoria del Expte. Nº 12309/2013 Buenos Aires, AUTOS Y VISTO:

  1. En virtud del recurso interpuesto a fs.63/64 y puestos los autos en Secretaria a los fines de lo dispuesto por el art 259, CPCCN, debidamente notificado según constancias de fs.80, el recurrente no ha expresado agravios en tiempo oportuno, razón por la cual corresponde declararlo desierto (266 de CPCCN).

II.-Respecto de la apelación por los honorarios regulados a la dirección letrada apoderada de la parte actora y considerando el mérito de la labor profesional, la naturaleza y complejidad del asunto, el resultado obtenido y el nuevo criterio sentado por esta Sala a partir del caso “B.J. y otro c/ E.N.-M° de Defensa E.M.G.A. s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, expte n°16.136/06, mediante resolución del 28/8/09, así como las disposiciones de los arts. 6, 7, 9 y 38 de la ley 21839 -mod. por la ley 24.432-, corresponde reducirlos al 15% .

Por ello el tribunal Resuelve: 1) Declarar desierto el recurso de fs.63/64, (art 266 CPCCN) 2) Reducir los honorarios de la dirección letrada apoderada de la parte actora...

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