Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 13 de Noviembre de 2018, expediente COM 002156/2017/CA001

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C SEROLAV S.R.L. c/ LUNA, L.R. s/EJECUTIVO Expediente N° 2156/2017/CA1 Juzgado N° 10 Secretaría N° 19 Buenos Aires, 13 de noviembre de 2018.

Y VISTOS:

La presente regulación de honorarios se efectúa bajo las pautas arancelarias vigentes al tiempo en que fueron realizadas las tareas que aquí

se ponderan (conf. C.S.J.N. en los autos: "F.C. e Hijos Agropecuaria c/Buenos Aires, provincia de s/daños y perjuicios", del 12.09.96).

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por el profesional beneficiario de la regulación apelada, se confirman en mil quinientos cincuenta pesos ($ 1.550) los honorarios del letrado patrocinante de la demandada, Dr. C.A.V., regulados a fs. 69/70 (arts. 6, 7, 19, 37 y 40 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).

N. por Secretaría.

Fecha de firma: 13/11/2018 Alta en sistema: 15/11/2018 Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), SEROLAV S.R.L. c/ LUNA, L.R. s/EJECUTIVOE.. N°2156 #29421976#221357157#20181113092841892 Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art.

4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación...

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