Sentencia de Sala I, 22 de Agosto de 2013, expediente 47.876

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2013
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Sala I – Causa N° 47.876

S., S.A. s/procesamiento sin prisión preventiva

Juzgado N° 2 – Secretaría N° 4

Expte. N° 3.651/2012/2

Reg. N° 934

Buenos Aires, 22 de agosto de 2013.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I - Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 9 por la USO OFICIAL

Sra. Defensora Pública Oficial, contra el punto I del auto de fojas 1/8 en cuanto decreta el procesamiento sin prisión preventiva de S.A.S.,

tras considerarlo prima facie autor penalmente responsable de los delitos previstos por los artículos 277, inciso 1°, apartado “c”; 289, inciso 3° y 296 del Código Penal de la Nación, los cuales concurren en forma ideal (artículo 54 del CP, y 306 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación).

A fojas 16 la defensa presentó el informe en los términos previstos por el artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación,

oportunidad en la que decidió remitirse a los argumentos descriptos al momento de interponer el recurso, los que fundamentalmente se centran en que “… la conducta atribuída a mi protegido no se condice con la realidad de los hechos,

en razón de que en la resolución puesta en crisis se da por cierto que mi asistido conocía la procedencia del automóvil incautado …”.

II - La causa se inició el día 9 de abril del corriente año a raíz de la detención de S.A.S., llevada a cabo por personal de la División Sustracción de Automotores de la Policía Federal Argentina (cfr. fojas 1 de los autos principales).

Conforme surge del relato del I.N.L.,

perteneciente a una de las brigadas operativas de la fuerza policial mencionada,

en circunstancias en que se encontraba recorriendo el barrio de Belgrano, en Echeverría al 2900 de esta ciudad, pudo observar a un vehículo marca Volkswagen “Bora”, que poseía su dominio delantero (JXP-808) no original y carecía del trasero. Al detener su marcha estableció que la chapa patente trasera se encontraba dentro del baúl.

Luego, se advirtió que tanto el número de chasis que se encontraba debajo del asiento trasero del lado derecho, como el tallado de los vidrios de las ventanillas y el sticker de seguridad que repite la terminación del número, presentaban diferentes irregularidades.

Por otra parte, pudo establecerse que el n° AMO46601,

ubicado debajo de la alfombra delantera del lado derecho, correspondía originalmente al dominio JAF-457, un vehículo de igual marca y modelo que poseía...

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