ACTUACIONES POR SEPARADO FORMADAS EN EL MARCO DE LA CAUSA ROMA FARMACIA Y LABORATORIO S.A. S/ INF. L

Fecha de disposición04 Mayo 2012
Fecha de publicación04 Mayo 2012
SecciónCuarta Sección - Judiciales

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3, a cargo del Dr. Rafael F. Caputo, Secretaría Contratada, a cargo de Rosana V. Berlingieri, en el legajo N° 5 “Actuaciones por Separado Formadas en el Marco de la Causa Roma Farmacia y Laboratorio S.A. s/Inf. 24.769 - Desprendimiento de la Causa N° 1.831/00 ‘Viazzo, Roberto Gustavo y otros s/inf. Ley 24.769”, notifica a Claudio Héctor Cavour y Walter Gabriel Sbrollini lo siguiente: “///nos Aires 20 de abril de 2012: Autos y Vistos:... Y Considerando:... Se Resuelve:... I) Sobreseer respecto de... Claudio Héctor Cavour y Walter Gabriel Sbrollini en orden a la totalidad de la situación fáctica descripta por la consideración 1° de la presente resolución, con expresa declaración de que la formación del presente legajo no ha afectado el buen nombre ni el honor del que gozaren los nombrados (arts. 334, 335, 336 inciso 3° y último párrafo, y 337 del C.P.P.N). II) Extraer copias confrontadas de las partes pertinentes, como así también de la presente resolución, y...

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